{"id":1222,"date":"2021-03-04T14:07:10","date_gmt":"2021-03-04T12:07:10","guid":{"rendered":"https:\/\/www.aon.es\/site\/segurocomunidades\/?p=1222"},"modified":"2022-04-21T13:20:16","modified_gmt":"2022-04-21T11:20:16","slug":"ruidos-molestos-comunidad-vecinos-horarios-normativa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.aon.es\/site\/segurocomunidades\/ruidos-molestos-comunidad-vecinos-horarios-normativa\/","title":{"rendered":"Ruidos molestos en la comunidad de vecinos: qu\u00e9 hacer, horarios y normativa"},"content":{"rendered":"

Los ruidos de los vecinos pueden afectar a la convivencia<\/strong>, y resultan realmente molestos. Hay muchos tipos de ruido dom\u00e9stico<\/strong>: obras, instrumentos musicales, m\u00fasica a gran volumen, fiestas, mascotas, gritos… y todos afectan a la salud <\/strong>de quien se ve expuesto a ellos.<\/p>\n

Son uno de los problemas m\u00e1s habituales en las comunidades de vecinos, por eso en este post te contamos cu\u00e1l es la normativa<\/strong> y qu\u00e9 puedes<\/strong> hacer si sufres este problema.<\/p>\n

C\u00f3mo solucionar los problemas de ruido en la comunidad de vecinos<\/strong><\/h2>\n

Hay principalmente tres maneras de solucionar un problema de convivencia causado por los ruidos:<\/p>\n

    \n
  1. De forma amistosa<\/strong>. La primera opci\u00f3n siempre es hablar con el vecino que est\u00e1 causando el ruido. Puede que no sea consciente del malestar que est\u00e1 generando, y muchas veces tras una conversaci\u00f3n calmada suele resolverse el problema.<\/li>\n
  2. Hablando con el presidente de la comunidad y el administrador de la finca<\/strong>. Si tras hablar con el vecino, este sigue con el ruido, puedes escalar el problema al presidente y al administrador. Seguramente el ruido afecte tambi\u00e9n a otros vecinos, por lo que es una manera de presentar una queja m\u00e1s formal y un requerimiento por escrito.<\/li>\n
  3. Presentando una demanda a trav\u00e9s de la comunidad<\/strong>. Si el requerimiento formal no ha causado efecto en el cese del ruido, la comunidad puede convocar una junta y presentar una demanda. Esto se conoce como \u201cacci\u00f3n de cesaci\u00f3n de actividades molestas\u201d.<\/li>\n<\/ol>\n

     <\/p>\n

    Si los ruidos son generados por alguien ajeno a la comunidad, esta puede poner una reclamaci\u00f3n. Por ello, te recomendamos contar con un seguro de comunidades <\/strong>que cubra la reclamaci\u00f3n de da\u00f1os. Haz clic aqu\u00ed si quieres solicitar informaci\u00f3n<\/a>.<\/p>\n

    Normativa sobre ruidos vigente: qu\u00e9 dice la ley<\/strong><\/h2>\n

    Quiz\u00e1 te preguntes si existe una ley que te ayude con un problema de ruidos. La respuesta es s\u00ed, y no solo una.<\/p>\n

     <\/p>\n

    Ley 37\/2003 del Ruido<\/strong><\/p>\n

    La primera ley que debes conocer es la Ley 37\/2003 del Ruido<\/a> y el Real Decreto 1367\/2007<\/a>, que intentan evitar la contaminaci\u00f3n ac\u00fastica. Esta ser\u00e1 \u00fatil si los ruidos provienen de locales de ocio o comerciales o zonas industriales, aunque no legisla acerca de ruidos dom\u00e9sticos.<\/p>\n

     <\/p>\n

    Ley de la Propiedad Horizontal<\/strong><\/p>\n

    Si quieres conocer la legislaci\u00f3n sobre los molestos ruidos de los vecinos, puedes consultar la Ley de la Propiedad Horizontal, en el art\u00edculo 7.2. Aqu\u00ed se habla de que no est\u00e1 permitido que el ocupante de un piso desarrolle cualquier actividad prohibida en los estatutos. Puedes leer la ley al completo aqu\u00ed<\/a>.<\/p>\n

     <\/p>\n

    Ordenanza municipal o legislaci\u00f3n auton\u00f3mica<\/strong><\/p>\n

    Cada ayuntamiento o comunidad legisla a su vez sobre el ruido en los domicilios. Por ejemplo, puedes consultar la ordenanza de la Comunidad de Madrid aqu\u00ed<\/a> (en la secci\u00f3n tercera) para ver c\u00f3mo se regula. Puedes buscar la legislaci\u00f3n de tu comunidad f\u00e1cilmente en Internet.<\/p>\n

    \u00bfCu\u00e1l es el horario permitido para hacer ruidos en casa?<\/strong><\/h2>\n

    Seg\u00fan la comunidad aut\u00f3noma, se puede hacer ruido desde las 7:00\/8:00 de la ma\u00f1ana hasta las 21:00 o 22:00 como m\u00e1ximo.<\/p>\n

     <\/p>\n

    Ten en cuenta que el n\u00famero de decibelios es importante, ya que sea de d\u00eda o de noche no se puede superar cierto nivel. Incumplir la normativa puede tener como consecuencia sanciones de entre 750\u20ac y 3000\u20ac.<\/p>\n

     <\/p>\n

    Si no solo tienes problemas de ruido, sino tambi\u00e9n de vandalismo, pues leer este post<\/a><\/p>\n

     <\/p>\n

    \n