{"id":1938,"date":"2022-03-01T10:00:40","date_gmt":"2022-03-01T08:00:40","guid":{"rendered":"https:\/\/www.aon.es\/site\/segurocomunidades\/?p=1938"},"modified":"2022-05-04T14:18:12","modified_gmt":"2022-05-04T12:18:12","slug":"inspecciones-edificios-ite-iee","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.aon.es\/site\/segurocomunidades\/inspecciones-edificios-ite-iee\/","title":{"rendered":"Inspecciones de edificios: la ITE y el IEE"},"content":{"rendered":"
Los edificios tienen que ir pasando inspecciones <\/strong>seg\u00fan cumplen a\u00f1os para asegurar su seguridad. En concreto, hay dos inspecciones de edificios que pueden generar m\u00e1s dudas: la ITE y la IEE. \u00bfQu\u00e9 diferencia ambas inspecciones? \u00bfUn edificio debe pasar las dos? \u00bfCu\u00e1ntos a\u00f1os debe tener el inmueble para que la Ley exija su revisi\u00f3n? Analizamos las inspecciones de edificios en Espa\u00f1a<\/strong>.<\/p>\n Los edificios, cuando cumplen a\u00f1os, pueden comenzar a presentar problemas. Por ello la legislaci\u00f3n establece que se deben realizar revisiones peri\u00f3dicas para controlar su buen estado de salud. Para poder cumplir con la normativa, ser\u00e1 necesario que la comunidad encargue el informe pertinente a un t\u00e9cnico habilitado y colegiado<\/strong> (generalmente los profesionales que lo emiten son arquitectos <\/strong>o arquitectos t\u00e9cnicos). Contar con un administrador de la finca<\/a> puede facilitar este proceso. Pero, \u00bfcu\u00e1les son las diferencias entre la ITE y el IEE?<\/p>\n La Inspecci\u00f3n T\u00e9cnica de Edificios<\/strong> se regula a trav\u00e9s de ordenanza municipal<\/strong>, aunque tiene un marco legal nacional recogido en el Real Decreto-ley 8\/2011, de 1 de julio<\/a>. La misi\u00f3n de esta inspecci\u00f3n es garantizar la seguridad del edificio<\/strong> para proteger tanto a sus habitantes como a los viandantes. Aunque seg\u00fan la legislaci\u00f3n nacional se hace en edificios de m\u00e1s de 50 a\u00f1os<\/strong>, cada localidad establece sus normas. Por ejemplo, en Madrid la deben pasar todos los edificios de m\u00e1s de 30 a\u00f1os.<\/p>\n <\/p>\n La ITE debe hacerse obligatoriamente de forma presencial, y en la inspecci\u00f3n se revisan elementos como:<\/p>\n <\/p>\n <\/p>\n Tras una ITE se puede determinar la necesidad de llevar a cabo obras de conservaci\u00f3n<\/strong> para mantener el inmueble, por la que la ITE podr\u00eda ser desfavorable hasta que se arreglaran los arreglos estimados por el t\u00e9cnico.<\/p>\n Se trata de un informe regulado por la normativa nacional, en concreto por la Ley 8\/2013, de 26 de junio, de rehabilitaci\u00f3n, regeneraci\u00f3n y renovaci\u00f3n urbanas<\/a>, aunque ya est\u00e1 en gran parte derogada. Este informe se regula a nivel auton\u00f3mico, y no todas las comunidades piden lo mismo.<\/p>\n <\/p>\n En general, esta norma indica que los propietarios de un edificio residencial de vivienda colectiva con una antig\u00fcedad de 50 a\u00f1os<\/strong> o m\u00e1s puede ser requerida por la administraci\u00f3n<\/strong> para realizar este informe, que consta de los siguientes apartados:<\/p>\n <\/p>\n <\/p>\n El t\u00e9cnico que presenta el informe puede registrar un IEE con ITE realizada o un IEE completo. Es decir, que si el edificio ya hab\u00eda pasado recientemente la ITE no ser\u00e1 necesario que se vuelva a realizar la inspecci\u00f3n, el t\u00e9cnico solo deber\u00e1 incluir los datos recogidos en la inspecci\u00f3n y a\u00f1adir el informe de accesibilidad y el certificado de eficiencia energ\u00e9tica. Hay diferencias entre la ITE y el IEE, porque son informes diferentes, pero tambi\u00e9n son compatibles.<\/p>\n <\/p>\n Importante<\/strong>: si una comunidad quiere pedir subvenciones <\/strong>para mejorar la accesibilidad del edificio, es necesario contar con un IEE. No es suficiente con la ITE.<\/p>\n Realmente las diferencias entre la ITE y el IEE es que la ITE es un informe que puede funcionar por separado, pero que puede formar parte de un informe m\u00e1s grande llamado IEE.<\/p>\n <\/p>\n La cobertura Inspecci\u00f3n T\u00e9cnica de Edificios en los seguros de comunidades est\u00e1 muy limitada. De forma general, muchas compa\u00f1\u00edas aseguradoras facilitan un servicio de informaci\u00f3n y asesoramiento a la comunidad sobre tr\u00e1mites, dudas legales, subvenciones y asuntos similares relacionados con la ITE. Es decir, esta garant\u00eda se limita a prestar servicios de asesoramiento e informaci\u00f3n sobre el alcance de la ITE.<\/p>\n Adem\u00e1s, algunas aseguradoras ofrecen un servicio de conexi\u00f3n de profesionales. Esta garant\u00eda consiste en poner a disposici\u00f3n de la comunidad los profesionales necesarios para obtener la certificaci\u00f3n de la ITE. El servicio incluye, sin coste, una inspecci\u00f3n previa del edificio. El trabajo de certificaci\u00f3n es a cuenta de la comunidad tomadora de la p\u00f3liza.<\/p>\n <\/p>\n Este tipo de prestaci\u00f3n es ofrecido por los seguros de comunidades de Caser, Ocaso o Catalana Occidente.<\/p>\n <\/p>\n Por ejemplo, el seguro de comunidades de Caser<\/strong><\/a>,<\/strong> dentro de su garant\u00eda de asistencia 24 Horas de Profesionales y T\u00e9cnicos, cubre el Certificado Energ\u00e9tico del Edificio o la I.T.E. pero siempre debe pagarlo la comunidad de propietarios asegurada.<\/p>\n <\/p>\nLas inspecciones de edificios: qu\u00e9 son y qui\u00e9n debe gestionar el papeleo<\/h2>\n
ITE: qu\u00e9 es la Inspecci\u00f3n T\u00e9cnica de Edificios<\/h2>\n
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IEE: qu\u00e9 es el Informe de Evaluaci\u00f3n del Edificio<\/h2>\n
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Diferencias entre la ITE y el IEE<\/h2>\n
Cobertura de ITE en el seguro de comunidades<\/h2>\n