{"id":3009,"date":"2024-02-05T17:30:40","date_gmt":"2024-02-05T15:30:40","guid":{"rendered":"https:\/\/www.aon.es\/site\/segurocomunidades\/?p=3009"},"modified":"2024-10-08T11:55:27","modified_gmt":"2024-10-08T09:55:27","slug":"normativa-ascensores-comunidades-vecinos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.aon.es\/site\/segurocomunidades\/normativa-ascensores-comunidades-vecinos\/","title":{"rendered":"\u00bfQu\u00e9 dice la normativa sobre los ascensores en las Comunidades de Vecinos?"},"content":{"rendered":"\n
Los ascensores son elementos que facilitan la movilidad y la accesibilidad de las personas que viven o trabajan en un edificio. Sin embargo, no todos los edificios cuentan con este servicio. Sea por su antig\u00fcedad, por su dise\u00f1o o por la falta de acuerdo<\/strong> entre los propietarios hay edificios sin ascensor. En este art\u00edculo te vamos a contar qu\u00e9 dice la normativa sobre los ascensores en las Comunidades de Vecinos, cu\u00e1ndo es obligatorio instalarlos, c\u00f3mo se toman las decisiones al respecto y c\u00f3mo se reparten los gastos.<\/p>\n\n\n\n Seg\u00fan la Ley de Propiedad Horizontal<\/a>, que regula las relaciones entre los propietarios de un edificio, existen dos casos en los que la instalaci\u00f3n de un ascensor es obligatoria<\/strong>:<\/p>\n\n\n\n En estos dos casos seg\u00fan la normativa sobre los ascensores, no es necesario el acuerdo previo de la junta de propietarios<\/a><\/strong>, sino que basta con la comunicaci\u00f3n de la persona interesada o de la administraci\u00f3n competente. Adem\u00e1s, todos los propietarios est\u00e1n obligados a contribuir al pago de la instalaci\u00f3n, salvo que se hayan opuesto expresamente en el plazo de 30 d\u00edas desde la notificaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n En los casos en los que la instalaci\u00f3n de un ascensor no sea obligatoria, depender\u00e1 de la voluntad de los propietarios. En estos casos normativa sobre los ascensores establece que se deber\u00e1 someter la cuesti\u00f3n a la votaci\u00f3n de la junta de propietarios<\/strong>. Para que la instalaci\u00f3n se apruebe, se requiere el voto favorable de la mayor\u00eda de los propietarios<\/strong> que, a su vez, representen la mayor\u00eda de las cuotas<\/strong> de participaci\u00f3n. Es decir, se tiene en cuenta tanto el n\u00famero de propietarios como el porcentaje de propiedad que tienen sobre el edificio.<\/p>\n\n\n\n Por otro lado, hay que tener en cuenta que, los propietarios que no asistan a la junta se considerar\u00e1n favorables a la instalaci\u00f3n<\/strong>, salvo que manifiesten lo contrario en el plazo de 30 d\u00edas desde la notificaci\u00f3n del acuerdo. Los propietarios que voten en contra o se abstengan podr\u00e1n impugnar el acuerdo ante los tribunales si consideran que no se han cumplido los requisitos legales o que se les causa un perjuicio.<\/p>\n\n\n\n Los gastos derivados de la instalaci\u00f3n de un ascensor en una Comunidad de Vecinos se reparten entre todos los propietarios, seg\u00fan su cuota de participaci\u00f3n<\/strong>. Esto ser\u00e1 siempre as\u00ed salvo que se haya establecido otro criterio en los estatutos de la comunidad<\/strong> o en el acuerdo de la junta. Esto significa que cada propietario pagar\u00e1 una parte proporcional al valor de su vivienda o local respecto al valor total del edificio.<\/p>\n\n\n\n No obstante, los propietarios que no quieran o no puedan hacer uso del ascensor podr\u00e1n solicitar la exoneraci\u00f3n del pago de los gastos de mantenimiento, conservaci\u00f3n y reparaci\u00f3n<\/strong> de este. Esto ser\u00e1 siempre que no se opongan a su instalaci\u00f3n y que no implique una disminuci\u00f3n en la calidad o seguridad del servicio. En este caso, los gastos se repartir\u00e1n entre los propietarios que s\u00ed utilicen el ascensor.<\/p>\n\n\n\n Para facilitar la instalaci\u00f3n de un ascensor en una Comunidad de Vecinos, existen diferentes ayudas p\u00fablicas que pueden solicitar<\/a> los propietarios. Estas ayudas var\u00edan seg\u00fan la comunidad aut\u00f3noma, el municipio, el tipo de edificio <\/strong>y el nivel de renta de los solicitantes. Algunas de estas ayudas son:<\/p>\n\n\n\n Para solicitar estas ayudas, es necesario presentar la documentaci\u00f3n requerida, como el proyecto t\u00e9cnico, el presupuesto, el certificado de eficiencia energ\u00e9tica, el acuerdo de la junta de propietarios y la declaraci\u00f3n de la renta de los beneficiarios.<\/p>\n\n\n\n Instalar un ascensor en una Comunidad de Vecinos tiene m\u00faltiples ventajas, tanto para los propietarios como para los visitantes. Algunas de estas ventajas son:<\/p>\n\n\n\n La normativa sobre los ascensores en las Comunidades de Vecinos tiene como objetivo garantizar la accesibilidad y la calidad de vida de las personas que viven o trabajan en un edificio. Para ello, esta normativa sobre los ascensores establece los casos en los que la instalaci\u00f3n de un ascensor es obligatoria. Tambi\u00e9n indica el procedimiento para decidirlo y c\u00f3mo es el reparto de los gastos. Es importante que los propietarios conozcan sus derechos y obligaciones al respecto, as\u00ed como las posibles ayudas p\u00fablicas que puedan solicitar.<\/p>\n\n\n\n\u00bfCu\u00e1ndo es obligatorio instalar un ascensor en una Comunidad de Vecinos?<\/h2>\n\n\n\n
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\u00bfQu\u00e9 dice la normativa de ascensores sobre su instalaci\u00f3n en una Comunidad de Vecinos?<\/h2>\n\n\n\n
\u00bfC\u00f3mo se reparten los gastos de la instalaci\u00f3n de un ascensor en una Comunidad de Vecinos?<\/h2>\n\n\n\n
\u00bfQu\u00e9 ayudas p\u00fablicas existen para instalar un ascensor en una Comunidad de Vecinos?<\/h2>\n\n\n\n
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\u00bfQu\u00e9 ventajas tiene instalar un ascensor en una Comunidad de Vecinos?<\/h2>\n\n\n\n
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