{"id":3089,"date":"2024-04-09T11:45:30","date_gmt":"2024-04-09T09:45:30","guid":{"rendered":"https:\/\/www.aon.es\/site\/segurocomunidades\/?p=3089"},"modified":"2024-10-08T12:26:45","modified_gmt":"2024-10-08T10:26:45","slug":"notificaciones-judiciales-electronicas-marzo-2024","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.aon.es\/site\/segurocomunidades\/notificaciones-judiciales-electronicas-marzo-2024\/","title":{"rendered":"Notificaciones judiciales electr\u00f3nicas desde marzo de 2024"},"content":{"rendered":"\n
El pasado 20 de marzo de 2024, las notificaciones judiciales se \u201cmodernizaron\u201d para pasar a ser electr\u00f3nicas.<\/p>\n\n\n\n
\u00bfEsto afecta a las Comunidades de Propietarios? \u00bfC\u00f3mo afecta a los vecinos?<\/p>\n\n\n\n
Las notificaciones judiciales electr\u00f3nicas buscan, simplemente, adaptarse al mundo en el que vivimos. Y eso incluye el agilizar los procesos legales y facilitar el acceso a la justicia a trav\u00e9s de procesos digitales.<\/p>\n\n\n\n
La medida, impuesta en el Real Decreto-ley 6\/2023, afectar\u00e1 a todas las personas jur\u00eddicas, empresas, sociedades civiles y\u2026. comunidades de propietarios.<\/p>\n\n\n\n
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Las notificaciones judiciales son las emitidas por los tribunales.<\/p>\n\n\n\n
Y ahora ser\u00e1n emitidas a trav\u00e9s de medios electr\u00f3nicos:<\/p>\n\n\n\n
Esto, adem\u00e1s, sustituir\u00e1 al m\u00e9todo tradicional de env\u00edo de notificaciones f\u00edsicas (a trav\u00e9s de carta), obteniendo no s\u00f3lo un env\u00edo m\u00e1s eficaz, sino unas m\u00e9tricas mucho m\u00e1s fiables.<\/p>\n\n\n\n
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Ahora, hay que estar mucho m\u00e1s atento.<\/p>\n\n\n\n
Porque la realidad es que a veces no revisamos el correo electr\u00f3nico con la misma frecuencia que el buz\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n
Adem\u00e1s, es importante tener los datos de contacto actualizados en todos los registros y estar atentos a las comunicaciones electr\u00f3nicas recibidas.<\/p>\n\n\n\n
Porque no hacerlo puede conllevar rebasar los plazos establecidos.<\/p>\n\n\n\n
Lo bueno: se agilizar\u00e1n los procedimientos judiciales.<\/p>\n\n\n\n
Lo malo: casi todas las personas reciben una cantidad ingente de correos electr\u00f3nicos al d\u00eda, y si no se accede a las Notificaciones judiciales electr\u00f3nicas en tiempo y forma (durante las primeras 72 horas desde que se recibe) se procede de forma directa a la publicaci\u00f3n de la misma en el TEJU (Tabl\u00f3n Judicial Edictal \u00fanico).<\/p>\n\n\n\n
Lo recomendable: se aconseja establecer un sistema que nos alerte de cuando recibimos este tipo de correos electr\u00f3nicos.<\/p>\n\n\n\n
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No.<\/p>\n\n\n\n
Es importante estar al tanto de estas novedades del sector (que en este caso afectan a todas las empresas jur\u00eddicas y dem\u00e1s entes como Comunidades de Propietarios).<\/p>\n\n\n\n
En Aon, conocemos en profundidad las Comunidades de Propietarios y la labor de los Administradores de fincas, y por eso contamos con las herramientas necesarias para poder ayudarles a obtener soluciones que marcan la diferencia.<\/p>\n\n\n\n
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