¿Qué es la delimitación temporal en el Seguro de Abogados?

¿Qué es la delimitación temporal en el Seguro de Abogados?

El seguro de responsabilidad civil para abogados es una póliza que cubre el riesgo de que el profesional de la abogacía tenga que indemnizar a un tercero por los daños y perjuicios causados por un hecho previsto en el contrato, del que sea civilmente responsable conforme a derecho. En este artículo te hablamos de todo lo que necesitas saber sobre la delimitación temporal que hay en el seguro de responsabilidad civil para abogados.

¿Qué es la delimitación temporal?

La delimitación temporal es una cláusula limitativa que establece los límites temporales de la cobertura del seguro. Es decir, establece cuándo se considera que una reclamación puede ser objeto de cobertura por la póliza. Esta cláusula es importante porque determina si el asegurador tiene o no la obligación de indemnizar al asegurado o al perjudicado en función de cuándo se produjo el hecho causante del daño, cuándo se reclamó la indemnización y cuándo estaba vigente el contrato de seguro.

Tipos de delimitación temporal

El artículo 73 de la Ley de Contrato de Seguro (LCS) regula dos tipos de cláusulas de delimitación temporal, cada una con sus propios requisitos de cobertura temporal:

Las cláusulas de futuro

Circunscriben la cobertura del asegurador a los supuestos en que la reclamación del perjudicado haya tenido lugar dentro de un período de tiempo, no inferior a un año, desde la terminación de la última de las prórrogas del contrato o, en su defecto, de su período de duración.

Estas cláusulas de futuro se basan en el criterio de la reclamación, es decir, en que el siniestro se produce cuando el perjudicado reclama la indemnización al asegurado, independientemente de cuándo se produjo el hecho causante del daño.

Las cláusulas retrospectivas o de pasado

Estas cláusulas circunscriben la cobertura del asegurador a los supuestos en que la reclamación del perjudicado tenga lugar durante el período de vigencia de la póliza. Pero siempre que la cobertura se extienda a los supuestos en los que el nacimiento de la obligación de indemnizar a cargo del asegurado haya podido tener lugar con anterioridad, al menos, de un año desde el comienzo de efectos del contrato, y ello, aunque dicho contrato sea prorrogado.

En este caso, el siniestro se produce cuando se recibe la reclamación, independientemente de que el hecho generador sea anterior a la entrada en vigor de la póliza.

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Validez de las cláusulas de delimitación temporal

Para que las cláusulas de delimitación temporal sean válidas deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Aparecer destacadas de modo especial en la póliza y haber sido específicamente aceptadas por escrito por el asegurado, como exige el artículo 3 LCS, para que el asegurado tenga pleno conocimiento de su alcance y consecuencias.
  • Respetar los plazos mínimos de cobertura establecidos en el artículo 73 LCS, que son de un año para las cláusulas de futuro y de pasado, respectivamente.
  • No perjudicar al asegurado ni al perjudicado, en caso de sucesión o concurrencia de seguros de responsabilidad civil, para evitar periodos de carencia de seguro o de disminución de cobertura.

Interpretación de las cláusulas de delimitación temporal

La interpretación de las cláusulas de delimitación temporal debe hacerse conforme a los criterios generales de interpretación de los contratos, establecidos en el artículo 1281 y siguientes del Código Civil, y teniendo en cuenta la finalidad del seguro de responsabilidad civil, que es proteger al asegurado y al perjudicado frente a los riesgos derivados de la actividad profesional del abogado.

El Tribunal Supremo, en su sentencia de pleno 252/2018, de 26 de abril, fijó la siguiente doctrina jurisprudencial: «El párrafo segundo del art. 73 de la Ley de Contrato de Seguro regula dos cláusulas limitativas diferentes, cada una con sus propios requisitos de cobertura temporal, de modo que para la validez de las de futuro (inciso primero) no es exigible, además, la cobertura retrospectiva, ni para la validez de las retrospectivas o de pasado (inciso segundo) es exigible, además, que cubran reclamaciones posteriores a la vigencia del seguro«.

Esta doctrina implica que las cláusulas de delimitación temporal pueden ser de futuro o de pasado, pero no mixtas, es decir, que no pueden exigir simultáneamente que la reclamación se produzca dentro de la vigencia del seguro y que el hecho causante del daño se produzca antes de la vigencia del seguro, o viceversa. De este modo, se evita la confusión y la inseguridad jurídica que podría generar una cláusula de este tipo, que podría dejar sin cobertura al asegurado o al perjudicado en determinados supuestos.

En definitiva, la delimitación temporal en el Seguro de Abogados es una cláusula limitativa que define los límites temporales de la cobertura del seguro en función de cuándo se produjo el hecho causante del daño y cuándo se reclamó la indemnización. Existen dos tipos de cláusulas de delimitación temporal, las de futuro y las de pasado, cada una con sus propios requisitos de cobertura temporal. Estas cláusulas deben cumplir una serie de requisitos de validez y de interpretación, para evitar la inseguridad jurídica y el perjuicio al asegurado o al perjudicado.

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