seguro abogados

¿Es obligatorio el seguro de los abogados?

El seguro de Responsabilidad Civil para los abogados es voluntario. No existe una obligación de contar con un seguro pero esto no implica que no exista el riesgo de una responsabilidad profesional. Estar asegurado resulta imprescindible para evitar problemas, reclamaciones y pago de gastos de defensa, fianzas o indemnizaciones.

En el Estatuto de la Abogacía Española y en su Código Deontológico encontramos referencias a sobre la necesidad de un seguro para cubrir la responsabilidad civil del abogado.

¿Qué dice el Estatuto de la Abogacía sobre los seguros para abogados?

El antiguo Estatuto de la Abogacía establecía expresamente que el seguro de Responsabilidad Civil en el ejercicio profesional de los abogados era voluntario. No obstante, también señala que el abogado debía “tener cubierta, con medios propios o con el recomendable aseguramiento, su responsabilidad profesional, en cuantía adecuada a los riesgos que implique”.

El nuevo Estatuto de la Abogacía, aprobado en marzo de 2021 y que ha entrado en vigor el 1 de julio,  establece en su artículo 125 que es una infracción grave de los profesionales de la Abogacía ”la falta de contratación de seguro o garantía cuando la obligación de contar con dicho régimen de garantía para cubrir las responsabilidades por razón del ejercicio profesional así esté prevista por ley”.

Asimismo, determina en su artículo 129 que se consideran infracciones muy graves de las sociedades profesionales” la falta de un seguro en vigor o garantía equivalente que cubra la responsabilidad en la que puedan incurrir en el ejercicio de sus actividades cuando la obligación de contar con dicho régimen de garantía así esté prevista por ley”.

¿Qué dice el Código Deontológico?

El Código Deontológico de la Abogacía Española fue aprobado por el Pleno del Consejo General de la Abogacía Española el 6 de marzo de 2019. Estas  normas deontológicas entraron en vigor el 8 de mayo de ese mismo año.

En su  artículo 20 se hace referencia a la cobertura de la responsabilidad civil para los abogados.

En concreto establece que el abogado debe tener cubierta la responsabilidad profesional en cuantía adecuada a los riesgos que implique su actividad profesional.

Además, señala que la contratación de un seguro de responsabilidad civil es obligatoria para las sociedades profesionales y en los demás casos que prevea la ley.

¿Dónde contratar el seguro de responsabilidad civil para abogados?

El seguro de abogados se suele suscribir a través de los Colegios de Abogados, aunque esta situación está cambiando poco a poco con la evolución de muchos Colegios y la creciente complejidad del mercado asegurador de Responsabilidad Civil.

Hasta la fecha, normalmente el Colegio asume una cobertura básica y el abogado contrata una segunda capa que amplía la protección ofrecida por el Colegio.

También hay Colegios que no ofrecen ningún tipo de cobertura básica y es cada abogado quien contrata toda su cobertura.

Anteriormente, en el antiguo Estatuto de la Abogacía, se indicaba que los Colegios debían facilitar el aseguramiento de la Responsabilidad Civil de los abogados (artículo 8) y expresamente, entre sus funciones, se citaba la promoción del aseguramiento obligatorio de la Responsabilidad Civil profesional. En el nuevo Estatuto estas referencias al seguro y a las funciones del Colegio han desaparecido.

Actualmente el abogado tiene libertad para elegir cómo cubrir su Responsabilidad Civil profesional. El Colegio, pieza clave en la vida de la Abogacía, es una buena solución pero si el Colegio no ofrece el seguro de Responsabilidad Civil o tiene problemas para ofrecer condiciones atractivas, existe la posibilidad de contratar un seguro de Responsabilidad Civil de abogados a través de Aon. En esta web puedes contando con el asesoramiento del mayor especialista en pólizas de Responsabilidad Civil de nuestro país.


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