Seguro R. Civil Sociedades
Seguro R. Civil Sociedades
Seguro R. Civil Sociedades
Seguro R. Civil Sociedades
Seguro Responsabilidad Civil
Sociedades Profesionales
Las sociedades profesionales requieren
una protección específica.
La responsabilidad profesional puede exigirse tanto a la sociedad como a todos los profesionales que participen o presten sus servicios en un trabajo o proyecto.
En concreto, la Ley 2/2007 de 15 de marzo de sociedades profesionales establece que “los derechos y obligaciones de la actividad profesional desarrollada se imputarán a la sociedad, sin perjuicio de la responsabilidad personal de los profesionales”.
Por ello, las deudas sociales, establecidas judicialmente, que se deriven de los actos profesionales serán respondidas solidariamente por la Sociedad Profesional y el profesional que haya actuado, sea o no socios.
Esta ley también determina que las sociedades profesionales deberán estipular un seguro que cubra la responsabilidad en la que éstas puedan incurrir en el ejercicio de la actividad o actividades que constituyen el objeto social.
¿Qué cubre este seguro para sociedades profesionales?
¿A quién va dirigido? – Opciones de contratación
1. Despachos de abogados en los que todos los abogados integrantes estén asegurados por la póliza colectiva del Ilustre Colegio de la Abogacía de Bizkaia.
La cobertura es gratuita para todos los despachos que cumplan los siguientes requisitos:
2. Despachos de abogados en los que los abogados integrantes estén asegurados por la póliza colectiva del Ilustre Colegio de Abogados de Bizkaia y no cumplan los requisitos anteriores de la opción 1.
3. Despachos de abogados en los que los abogados integrantes estén asegurados por la póliza colectiva del Ilustre Colegio de Abogados de Bizkaia y que colaboren otros abogados o economistas asegurados en otros colegios profesionales (incluye la administración concursal).
4. Despachos en los que los abogados asegurados por la póliza colectiva del Colegio colaboren otros abogados o economistas asegurados en otros colegios profesionales (no incluye la administración concursal): Despachos de abogados, asesoría fiscal, laboral, contable, mercantil y económico-financiero.
5. Sociedades nuevas creadas exclusivamente para realizar la actividad de administrador concursal.
Esta opción se dirige a las sociedades profesionales nuevas que se creen exclusivamente para realizar la actividad de administrador concursal y para no gravar en exceso la formalidad de su constitución. Se podrá optar por contratar esta póliza básica y adaptarla a una nueva cobertura cuando se inicie la actividad como administrador. Esta opción ofrece un capital asegurado de 600.000 € por una prima total anual de 424,60 €.
¿Qué cuesta este seguro?
Esta póliza ofrece diferentes opciones de límites asegurados según el tipo de sociedad y los límites de indemnización elegidos. Consulta tu caso particular.
Solicita un presupuesto sin compromiso.
También puedes solicitar una auditoría gratuita de tus riesgos.
Recuerda que el Ilustre Colegio de la Abogacía de Bizkaia ofrece cobertura gratuita a los despachos de abogados en los que todos los abogados integrantes estén asegurados por la póliza colectiva del Colegio. Consulta tu caso.
¿Cómo contratar este seguro?
Suscribir este seguro para sociedades profesionales es muy sencillo.
Solo tienes que cumplimentar esta solicitud y enviarla a abogadosaon.bizkaia@aon.es
Si lo prefieres puedes llamarnos a los teléfonos:
94 424 79 32 – 94 424 52 11
Servicio gratuito de auditoría
Ahora es el momento de mejorar tu protección frente a los posibles riesgos derivados de la actividad de tu despacho, bufete o sociedad.
Damos respuesta a tus preguntas.
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