El Concepto Duty of Care

Pablo Sampascual, director de negocio ‘Accident & Health – Corporate’ para España y Portugal de CHUBB, nos explica qué significa el concepto “Duty of Care”

El concepto “Duty of Care” hace referencia a la obligación moral y legal que tienen las empresas en relación con el cuidado y la protección de sus empleados, minimizando los riesgos a los que se exponen en sus jornadas de trabajo, proporcionándoles seguridad y confort. Esto aplica no sólo en el lugar habitual de trabajo sino también en los viajes profesionales.

El incumplimiento de las obligaciones derivadas del “Deber de Protección y Cuidado” suele implicar riesgos para la empresa, tales como: las posibles acciones civiles y penales contra la empresa y contra la dirección de la empresa; las implicaciones económicas derivadas de multas y del pago de indemnizaciones si no se tiene contratado un seguro que las cubra; mala reputación y mala imagen para la empresa; repercusión negativa sobre la productividad de los empleados; pérdida de capacidad para atraer y retener talento, etc…

Una gestión adecuada del “Deber de Protección y Cuidado” implica trabajar en la identificación y evaluación de los riesgos a los que se enfrentan los empleados en sus viajes (actividad criminal, terrorismo, conflictividad social-política, desastres naturales, aspectos sanitarios, residenciales, infraestructuras…) Una vez identificados y evaluados los riesgos se debe informar a los empleados en relación con dichos riesgos y se debe actuar para minimizarlos.

Por ello desde la empresa debe facilitarse a los empleados herramientas que les permitan anticiparse y prepararse para afrontar esos riesgos, proporcionarles acceso a información local de interés, consejos específicos sobre el país, información sobre enfermedades y medicamentos, y por supuesto información de seguridad que incluya la emisión de alertas cuándo y dónde sea necesario. La misma información debe proporcionarse también a los gestores del programa dentro de la empresa, además de permitirles acceder a la localización de los empleados que se encuentran de viaje y el envío de mensajes urgentes.

Idealmente desde la empresa actuarán para garantizar un nivel de formación mínimo, previo al viaje, que prepare a los empleados para realizar sus viajes sin asumir riesgos innecesarios. Deberá incluir módulos formativos sobre protocolos de seguridad personal, preparación del viaje y llegada al destino, riesgos para la salud durante el viaje, aspectos relevantes y de interés en el destino, delitos y robos callejeros, secuestro de personas y robo de vehículos, terrorismo y revueltas sociales.