¿Quién debe pagar el salario al conserje?
En muchas comunidades de propietarios hay una figura indispensable para el buen funcionamiento de todo: el conserje.
Habitualmente no son sólo quienes proporcionan un extra de seguridad, si no que además suelen influir en la buena convivencia de los vecinos.
Pero hay un aspecto importante: el conserje no es un ente público, si no un trabajador al que hay que pagarle un salario. Así que la pregunta a la que responde este post es: ¿quién decide cuánto se le paga o quién le paga?
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En una comunidad de propietarios, son los propios vecinos quienes deben contratar y pagar el salario.
Sabiendo que es una de las piezas clave para garantizar que todo funcione de forma correcta y esté en buen estado, es fundamental buscar al mejor perfil para que lleve esta tarea a cabo.
En este sentido, es la propia Comunidad de Propietarios la encargada de decidir su salario y las condiciones laborales bajo las que trabajará, siempre supeditados a la normativa local y estatal.
Es decir:
- Se le debe proporcionar al menos el salario mínimo legal.
- Las condiciones laborales (horas de trabajo y prestaciones) deben ser las convenientes.
¿Cómo se calcula la distribución de este gasto?
Dentro de la memoria de la propia comunidad de propietarios y del presupuesto anual, se deben incluir todos los gastos relativos al buen funcionamiento de la misma.
Y eso, entre otros, incluye el gasto que supone un conserje.
Teniendo en cuenta que las cuotas comunitarias deben ser obligatoriamente revisadas de forma periódica para evitar derramas inesperadas, a través de estas actualizaciones también se pueden ajustar los salarios de los / él conserje para cumplir con lo que estipule la ley, el convenio o lo que se decida en las reuniones de los propietarios siempre dentro o por encima de esos límites mínimos.
¿Y qué pasa si un vecino no está pagando sus cuotas? ¿Se deja de pagar al conserje?
No.
Por un lado se deberán llevar a cabo las medidas oportunas para conseguir recuperar la deuda (que por cierto, puede incluir intereses).
En cualquier caso, en ningún caso se podrá dejar de abonar el salario al conserje y la propia Comunidad debe asegurarse de cumplir con las leyes.
Hemos contratado una empresa externa. ¿A quién le compete entonces el pago del salario del conserje?
Obviamente la responsabilidad, en este caso, recaería sobre la empresa subcontratada.
Ahora: si esa empresa ha dejado de abonar el salario será la Comunidad (según sentencias recientes -2022-) las que deban asumir las responsabilidades que se deriven.
Esto incluye las deudas por salarios (con la seguridad social incluida) que la empresa tenga con los trabajadores que presten servicios en la comunidad.
Por ello, siempre es importante asegurarse de la solvencia que puedan tener las empresas que subcontratan.
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