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La importancia de la deontología para el arquitecto

La importancia de la deontología para el arquitecto

La deontología es el conjunto de principios y normas éticas que regulan el ejercicio de una profesión. Su objetivo es garantizar el cumplimiento de los deberes y las responsabilidades que tiene el profesional con la sociedad, con los clientes, con los colegas y consigo mismo. En este artículo te explicamos la importancia de la deontología para el arquitecto, cuáles son sus principales aspectos y por qué son esenciales para su buen desempeño.

Y es que, la deontología para el arquitecto es especialmente importante, ya que su actividad tiene una gran repercusión social, cultural, ambiental y económica. El arquitecto no solo debe diseñar y construir edificios funcionales, estéticos y seguros, sino también respetar el entorno, el patrimonio, la legalidad y el interés público.

El código deontológico del arquitecto

El código deontológico del arquitecto recoge los principios y las normas éticas que debe seguir el arquitecto en el ejercicio de su profesión. En España el Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España aprobó su código Deontológico en el año 2015 habiéndolo modificado en el 2021. Cada país o región puede tener su propio código, pero en general se basan en los siguientes valores:

La dignidad

El arquitecto debe actuar con respeto, honestidad, integridad y lealtad, tanto en su relación con los clientes como con los colegas y con la sociedad en general.

La competencia

Como profesional, el arquitecto debe mantener y actualizar sus conocimientos y habilidades técnicas, así como asumir solo aquellos encargos que pueda realizar con calidad y eficacia.

La independencia

El arquitecto debe ejercer su criterio profesional con libertad y autonomía, sin dejarse influir por intereses ajenos o contrarios a la ética.

La responsabilidad

Además, también debe asumir las consecuencias de sus actos y decisiones, así como velar por el cumplimiento de las normas legales, técnicas y contractuales que rigen su actividad.

La solidaridad

El arquitecto debe colaborar con sus colegas y con otras disciplinas afines, así como contribuir al desarrollo social, cultural y ambiental de la comunidad.

La función social del arquitecto

Por otro lado, el arquitecto tiene una función social que va más allá de satisfacer las demandas de sus clientes. Su trabajo influye en la calidad de vida, el bienestar y la identidad de las personas que habitan o visitan los espacios que crea. Por ello, el arquitecto debe tener en cuenta los siguientes aspectos:

  • El respeto al medio ambiente: El arquitecto debe diseñar y construir edificios sostenibles, que minimicen el impacto ambiental, que aprovechen los recursos naturales y que favorezcan la eficiencia energética.
  • El respeto al patrimonio: El arquitecto debe conservar y restaurar el patrimonio histórico, artístico y cultural, así como integrar sus intervenciones en el contexto urbano y paisajístico.
  • El respeto a la diversidad: El arquitecto debe atender las necesidades y expectativas de los diferentes grupos sociales, culturales y generacionales, así como promover la accesibilidad, la inclusión y la participación ciudadana.
  • El respeto a la innovación: El arquitecto debe estar al día de las tendencias, las tecnologías y las soluciones creativas que puedan mejorar la calidad y la funcionalidad de sus proyectos.

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La relación del arquitecto con los clientes

Además, el arquitecto tiene una relación contractual con sus clientes, que implica unos derechos y unas obligaciones mutuos. Para garantizar una relación profesional satisfactoria, el arquitecto debe tener en cuenta aspectos como el deber de informar al cliente sobre las características, los costes, los plazos y los riesgos del proyecto, así como sobre las posibles alternativas o modificaciones.

La comunicación entre el arquitecto y el cliente también es importante, debe ser fluida y transparente durante todo el proceso del proyecto. Y sin olvidar que hay que atender las consultas, sugerencias o reclamaciones que pueda hacer el cliente. También es vital la confidencialidad entre arquitecto y cliente, protegiendo los datos personales y profesionales del cliente, así como respetar su propiedad intelectual e industrial.

Concluiremos este apartado comentando la remuneración, y es que, el arquitecto debe establecer unos honorarios justos y razonables, que se ajusten a las tarifas vigentes y al alcance del encargo, así como emitir las facturas y los recibos correspondientes.

La relación del arquitecto con sus colegas de profesión

Otro aspecto importante dentro de la deontología para el arquitecto tiene que ver con la relación con sus colegas de profesión. El arquitecto tiene una relación de colegialidad con sus compañeros, que implica unos deberes de respeto, colaboración y solidaridad. Una relación profesional que hay que fomentar teniendo en cuenta:

  • La competencia: El arquitecto debe competir con sus colegas de forma leal y honesta, sin recurrir a prácticas desleales, como el intrusismo, el plagio o el dumping.
  • La cooperación: El arquitecto debe cooperar con sus colegas en los proyectos que lo requieran, así como compartir sus conocimientos y experiencias.
  • La cortesía: El arquitecto debe tratar a sus colegas con educación y deferencia, sin realizar críticas infundadas o descalificaciones personales.
  • La solidaridad: El arquitecto debe apoyar a sus colegas en las situaciones de dificultad o conflicto, así como defender sus intereses colectivos.

La deontología del arquitecto y los seguros

La importancia del código deontológico del arquitecto está estrechamente relacionada con los seguros para estos profesionales. Por un lado, la deontología para el arquitecto establece los principios y las obligaciones que deben cumplir los arquitectos para evitar o minimizar los riesgos que pueden generar sus actuaciones. Al cumplir con estas normas, los arquitectos contribuyen a mejorar la calidad y la seguridad de las obras de arquitectura, así como a generar confianza y satisfacción en sus clientes y en la sociedad.

Por otro lado, el código deontológico también establece las consecuencias y las sanciones que pueden derivarse del incumplimiento de dichas normas. Estas consecuencias y sanciones pueden ser de carácter ético, disciplinario, civil o penal, dependiendo de la gravedad y el alcance de la infracción cometida. Al asumir estas responsabilidades, los arquitectos se comprometen a responder por los daños que puedan causar con sus actuaciones, tanto a sus clientes como a terceros afectados.

En ambos casos, los seguros para los arquitectos son un complemento necesario para garantizar la seguridad jurídica y económica de los arquitectos y de sus clientes. Los seguros cubren las posibles reclamaciones por daños materiales o personales causados por errores, omisiones o negligencias en el diseño, la dirección o la ejecución de las obras. Estos daños pueden afectar tanto a la propia obra como a las personas o bienes colindantes. Y es que, la declaración del riesgo es muy importante en el seguro de responsabilidad civil para arquitectos.

Los seguros también pueden cubrir los gastos de defensa jurídica, las sanciones administrativas o las pérdidas económicas derivadas de la paralización o el retraso de las obras. Estos gastos pueden suponer una carga financiera muy elevada para los arquitectos y sus clientes, que puede poner en peligro su viabilidad económica. Los seguros para los arquitectos les permiten afrontar estas situaciones con mayor tranquilidad y solvencia.

En el Código Deontológico de los arquitectos españoles se establece expresamente el deber de informar sobre el nivel de cobertura de la responsabilidad civil durante la prestación del servicio (Título II, capítulo 3.1).

En conclusión, el código deontológico es muy importante para el arquitecto y, además, está muy relacionado con los seguros para estos profesionales. Estos dos elementos fundamentales para el desarrollo ético y profesional de la arquitectura. El código deontológico orienta y regula la conducta de los arquitectos, mientras que los seguros les protegen y les respaldan ante las posibles contingencias que puedan surgir en el ejercicio de su actividad.

En Aon somos expertos es seguros de responsabilidad Civil para arquitectos. Si tienes alguna pregunta, quieres más información o quieres solicitar presupuesto, no dudes en contactar con nosotros.

¿Puede un arquitecto impartir formación?

Ser Arquitecto tiene una salida profesional cada vez más clara, para quien no puede (o no quiere) ejercer su profesión: la docencia. ¿Puede un arquitecto impartir formación? Sí. ¿Cualquier arquitecto, sólo con el título de Arquitecto, puede ejercer en cualquier sitio? No.

Para empezar, lo primero es saber que la docencia no se ve encorsetada a las clases de Arquitectura o Arquitectura técnica, sino a toda la actividad como profesor que el Arquitecto puede adquirir.

¿Por qué se presupone que un Arquitecto tiene habilidad para impartir formación?

  • Oratoria. Se supone que un Arquitecto suele hablar en público con cierta frecuencia, para exposiciones, presentaciones de proyecto o incluso a un nivel formativo no titulado.
  • Organización. También se reconoce al arquitecto como alguien organizado, que está actualizado en cuanto a la normativa y que sabe buscar y rebuscar entre las distintas fuentes de información para luego poder hacer un filtro de lo que interesa y lo que no.
  • Formación. La Arquitectura es una carrera de nombre. Por ello, quien la termina y consigue el título se presupone una persona con dotes de estudio y cierta cultura.

¿Y qué tipo de profesor puede ser un arquitecto?

Clases particulares

Es lo más “sencillo”, y tal vez sea el primer paso natural para todos los arquitectos que pretenden acabar siendo profesores.  Este tipo de actividad permite al profesional ponerse a prueba como profesor y, además, practicar frente a alumnos reales.

Las ventajas es que no se necesita ni un local propio ni está fijado a horarios que otro imponga (así como el sueldo que se quiera cobrar, que también dependerá de la capacidad de conseguir nuevos clientes-alumnos).

Ser profesor en una academia

Es el “nivel previo” a ser profesor oficializado por un título. Dar clases e una academia no exige más titulación que la que la propia Academia nos exija y además se suele tener más flexibilidad a la hora de planear nuestro contenido de las clases.

El sueldo y el horario sigue siendo flexible, pero también suele ser necesario darse de alta como Autónomo.

También permiten abrir un poco el abanico de las materias que podemos tratar, que pueden ir desde geometría hasta a Dibujo técnico o matemáticas.

Formación Profesional

Para ser profesor de FP sí que se necesita contar con el Máster en Formación del Profesorado (en este caso de Formación Profesional). Equivalente a lo que era el CAP, ya que la Arquitectura no tiene implícita enseñanza pedagógica y didáctica.

¿Dar clase en colegio o instituto? ¡Claro!

Además del Máster nombrado anteriormente, ¡hay que estudiar una oposición! La alternativa a esto es hacer sustituciones, pero no suelen tener mucho recorrido. También se puede optar por acceder a Colegios Privados, pero estaremos siempre sujetos a sus condiciones (a veces, incluso, cabe la posibilidad de que no pidan el Máster del profesorado).

Dar clases de Arquitectura… en la Universidad

La crema y nata del Arquitecto profesor. Además de un expediente impoluto, se necesitará el Doctorado y la acreditación ANECA.

Lo normal es primero estudiar un doctorado para acceder a las convocatorias del Personal Docente e Investigador de la Universidad en la que tengamos interés de dar clase.

Esto es recomendado para aquellos que tengan una clara vocación de profesores porque puede llevarnos muchos años conseguirlo.

¿Es obligatorio un Seguro para Arquitectos?

¿Y qué pasa con Hacienda?

Si quieres impartir formación deberías (a menos que trabajes por cuenta ajena) decírselo a Hacienda cuanto antes. Esto quiere decir que dentro de las Tarifas, no sería válido estar dado de alta sólo en “Servicios Técnicos de Ingeniería”.

Por ello, según la Ley Reguladora de las Agencias Locales, deberás indicar cada una de tus actividades profesionales cuando vayas a hacer la declaración. Si sigues ejerciendo como Arquitecto pero quieres lanzarte a esta aventura, deberás añadir también el epígrafe referido a “Educación e investigación” y también indicar el tipo de formación que vas a impartir . Por ejemplo, dentro del documento de Tarifas:

  • Si un Arquitecto en activo va a ejercer formaciones a una o varias empresas, tendrá que darse de alta en el epígrafe 932, “Educación e investigación” de la sección primera. Es importante tener en cuenta los diferentes sub-epígrafes para darse de alta correctamente en función de la formación que el trabajador autónomo vaya a prestar.
  • Si se van a dar clases particulares y fuera de los Planes de Estudios marcados por el Ministerio de Educación, deberá especificarse en el epígrafe 933.9 “Otras actividades de enseñanza, tales como idiomas, corte y confección, mecanografía, taquigrafía, preparación de exámenes y oposiciones y similares».
  • Si se van a dar clases en una academia o incluso a domicilio, será en el 932  “Enseñanza no reglada de formación y perfeccionamiento profesional y educación superior”.
  • Si estamos hablando de oposiciones o planes de Estudios fijados por el Estado en España, entonces el epígrafe será el 934, “Enseñanza fuera de establecimiento permanente”.

Además, es importante que tengas en cuenta que este servicio se cobrará con Iva y que, en algunos casos, lo podrás deducir.

Mi seguro de Responsabilidad Civil, ¿me cubre esta actividad profesional?

El Seguro de RC para Arquitectos te cubrirá únicamente la actividad profesional para la que fue contratada que, además, está especificada en la póliza.

Así, cualquier Seguro de Responsabilidad Civil para Arquitectos cubrirá eso: la actividad profesional de la arquitectura, no estando incluida la formación en ella.

¿Qué cubre mi Seguro de RC Penal de Arquitectos?

Te recomendamos, si tienes dudas, contactar con nosotros.

Y, si todavía no tienes tu seguro o quieres cubrirte ante cualquier tipo de riesgo, contacta con nosotros y te proponemos una solución.

¿Se puede desgravar el seguro responsabilidad civil para arquitectos?

¿Se puede desgravar el seguro responsabilidad civil para arquitectos?

¿Se puede desgravar un seguro de responsabilidad civil para arquitectos? En este artículo os explicamos esta cuestión, y resolveremos vuestras dudas sobre el marco fiscal aplicable en este tipo de pólizas para arquitectos.

Marco fiscal del seguro de responsabilidad civil para arquitectos

Estos seguros de responsabilidad civil, sean para arquitectos o para otros profesionales, suelen contratarse por autónomos que necesitan proteger sus trabajos e interacciones con terceros. En tal caso, estas pólizas son deducibles, aunque esto será siempre que estén asociadas a la actividad profesional. Si es así podremos calificarla como desgravable en nuestra declaración.

¿Qué importe puedo deducir del seguro de responsabilidad civil para arquitectos?

Los seguros de responsabilidad civil para arquitectos autónomos son deducibles al 100%. Aunque en este supuesto estaremos igualando dicha póliza a cualquier otro gasto derivado del desarrollo de la actividad laboral del arquitecto. Y es que, la fiscalidad entendería que la contratación de este seguro es igual que la compra de un programa de diseño o que la compra de material de oficina, por lo que sería un gasto más.

¿El seguro sigue siendo deducible una vez el arquitecto se ha jubilado?

Sobre esta cuestión, lo primero que nos gustaría comentar es el ámbito temporal del seguro de responsabilidad civil para arquitectos. Porque el profesional puede sufrir una reclamación durante la ejecución de la obra, pero lo más probable es que llegue una vez finalizado el proyecto. Y, porque no, también puede darse el caso de que dicha reclamación sea interpuesta una vez haya cesado su actividad por jubilación o, simplemente, por el cambio de su actividad profesional.

Por ello, y al tratarse de un seguro ligado a la actividad profesional y con obligación de mantenerlo contratado, aunque cese dicha actividad del arquitecto, sí que hay posibilidad de deducir el importe en la declaración de la renta.

La Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, establece una responsabilidad civil por un plazo de 10 años a aquellas personas que intervengan en procesos de edificación. Considerando que no aparece nada sobre este asunto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio (LIRPF), hay que acudir a los supuestos que se han planteado estos últimos años a la Dirección General de Tributos (DGT).

La Dirección General de Tributos afirma que hay que acudir al 28.1 de la LIRPF, en el que se fija que “el rendimiento neto de las actividades económicas se determinará según las normas del Impuesto sobre Sociedades, sin perjuicio de las reglas especiales contenidas en este artículo, en el artículo 28 de esta Ley para la estimación directa, y en el artículo 29 de esta Ley para la estimación objetiva”.

Por otro lado, el artículo 10.3 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades establece que “en el método de estimación directa la base imponible se calculará corrigiendo, mediante la aplicación de los preceptos establecidos en esta Ley, el resultado contable determinado de acuerdo con las normas previstas en el Código de Comercio, en las demás leyes relativas a dicha determinación y en las disposiciones que se dicten en desarrollo de las citadas normas”.

Atendiendo a lo dispuesto en estos dos párrafos anteriores, aunque el arquitecto ya no desarrolle la actividad económica, el pago de las primas de seguro de responsabilidad civil es consecuencia directa del ejercicio de dicha actividad. Así resulta que, aunque los pagos de la prima son posteriores al cese de la actividad, mantienen la misma naturaleza y, por consiguiente, son deducibles en la determinación del rendimiento neto de la actividad.

Existen consultas vinculantes realizadas a la Dirección General de Tributos (Consultas V1497-10 y V0686-09) donde se puede ampliar esta información y comprobar el criterio del regulador sobre la fiscalidad aplicable a los seguros para arquitectos sin actividad.

En Aon somos expertos es seguros de responsabilidad Civil para arquitectos. Si tienes alguna pregunta o quieres más información, no dudes en contactar con nosotros.

La importancia de la declaración del riesgo en el seguro de responsabilidad civil para arquitectos

La importancia de la declaración del riesgo en el seguro de responsabilidad civil para arquitectos

Los Seguros de Responsabilidad Civil para Arquitectos protegen a las empresas y despachos de las reclamaciones de sus clientes o terceros, que vienen causadas por error u omisión mientras ejercen su profesión. Estas pólizas cubren tanto los gastos legales, como los perjuicios financieros de los que el arquitecto sea declarado responsable por los daños causados como consecuencia de su actuación profesional. Pero, ¿sabes como influye la declaración de riesgo en este seguro?

Estas pólizas de Responsabilidad Civil para arquitectos se acuerdan en base a la declaración del riesgo que formula el tomador antes de firmar la póliza, además de los cambios que informe el tomador o asegurado a lo largo de la relación contractual para actualizar el riesgo asegurado. Con las declaraciones de riesgo, la compañía aseguradora asume la cobertura de estos riesgos y fija una prima que va en concordancia al análisis del riesgo declarado.

¿Qué es la declaración de riesgo?

La declaración del riesgo es un deber del tomador del seguro, que está obligado a comunicar al asegurador las circunstancias sobre su actividad profesional que influyan en la valoración del riesgo. Esta declaración se realiza a través de un cuestionario obligatorio que debe rellenar el arquitecto.

El cuestionario del seguro de Responsabilidad Civil para arquitectos se compone, entre otros aspectos, de la información sobre el detalle de la actividad que se lleva a cabo, los años de experiencia, la tipología de obra y proyectos que se firman.

Cabe destacar que el riesgo debe ser declarado antes y durante el periodo de validez del contrato. Como venimos explicando, hay que diferenciar entre la declaración del riesgo previa a firmar la póliza y la declaración de riesgo durante la vigencia del contrato.

Te recomendamos leer nuestro post ¿Cuál es el ámbito temporal del seguro de RC para arquitectos?

En la primera el tomador o asegurado debe dar una información veraz y ajustada de los riesgos asumidos como arquitecto hasta ese momento. Mientras que, en la segunda, durante la vigencia del contrato, el arquitecto deberá informar a la aseguradora de cualquier tipo de cambio significativo que se produzca en su actividad profesional con el fin de actualizar su póliza, como por ejemplo una nueva actividad que no se recogía en póliza o la firma de proyectos fuera del ámbito territorial definido en su contrato de seguro.

Si se da este segundo caso, la entidad aseguradora recabará los datos para fijar en caso necesario una nueva prima. Según se vaya renovando el seguro de Responsabilidad Civil del arquitecto, éste no deberá declarar los riesgos que ya figuran en la póliza, pero está obligado a comunicar los que no aparezcan y puedan encarecer o disminuir el importe de la prima.

El arquitecto obligado a facilitar la documentación

Los seguros de Responsabilidad Civil de los arquitectos incluyen en su condicionado medidas para que el tomador o asegurado esté obligado a facilitar la documentación técnica que se le exija. Una documentación que sirve para poder verificar la actividad profesional por parte de la entidad aseguradora.

Todo con el fin de que la entidad aseguradora pueda corroborar los datos del riesgo declarado por el tomador o asegurado. Como podéis comprobar, la declaración del riesgo es la base para satisfacer las obligaciones contractuales del arquitecto y por ello es fundamental que ésta sea tan precisa como sea posible.

Si te interesa este tipo de seguros de Responsabilidad Civil de arquitectos, te recomendamos leer nuestro post sobre los seguros de arquitectos por actividad. Si necesitas ayuda para saber que seguro se adapta mejor a tus necesidades y a tu situación, no dudes en contactar con nosotros. En Aon somos especialistas en seguros profesionales para arquitectos, no dudes en consultarnos.