Seguro de comunidades

Los administradores de fincas suelen recibir esta consulta de forma recurrente: ¿es obligatorio contratar un seguro de comunidades? A nivel estatal, la Ley de Propiedad Horizontal establece que no es obligatorio que la comunidad de vecinos contrate una póliza. Sin embargo, existen normativas autonómicas en las que se dispone la obligación de que las comunidades de propietarios cuenten con un seguro de responsabilidad civil o de incendios. 

Por ejemplo, la Comunidad de Madrid  dispone en la Ley 2/1999, de 17 de marzo, de Medidas para la Calidad de la Edificación, que “todo edificio deberá estar asegurado por los riesgos de incendios y daños a terceros”. Además, en el artículo 26 de esta misma ley, categoriza como Infracción muy grave “la falta de aseguramiento del edificio contra incendios y daños a terceros”. Es decir, no tener seguro de comunidad para estos riesgos implica sanciones.

Por su parte, la Comunidad de Valencia  establece en el artículo 30 de su Ley 8/2004 de la Vivienda  que “es obligatorio que los edificios de viviendas estén asegurados contra el riesgo de incendios y por daños a terceros”. Asimismo expone que ”la Comunidad de propietarios deberá suscribir estos seguros para los elementos comunes de todo el inmueble”. En esta norma autonómica destaca que las comunidades de propietarios que cuenten con un seguro que cubra los daños causados en el edificio por riesgos extraordinarios disfrutan de preferencia en la obtención de ayudas públicas para el mantenimiento, la rehabilitación o su conservación. Con esta preferencia también cuentan las comunidades que hayan constituido un fondo de reserva para atender las obras de conservación y reparación del edificio de viviendas o que dispongan de un contrato de mantenimiento previamente del inmueble y sus instalaciones generales.

El seguro comunidades siempre recomendable

Sea o no sea obligatorio contratar un seguro de comunidades en su territorio, resulta muy recomendable contar con una póliza multirriesgo.

Es una forma de evitar problemas y conflictos entre los vecinos. No tener seguro de comunidad y sufrir un siniestro que afecte a elementos comunes es motivo de muchas de las disputas en las juntas de vecinos. Los administradores de fincas son testigos de todas estas situaciones.

Este tipo de seguros multirriesgo de comunidades van más allá de lo que exigen las normativas autonómicas. Normalmente cubren no solo las reclamaciones derivadas de daños y perjuicios causados por culpa o negligencia a terceros sino también otros muchos riesgos habituales como incendios, explosiones, daños por agua, robo, actos de vandalismo, etc.

Este tipo de pólizas tiene cierta complejidad y requiere un asesoramiento adecuado. Definir bien las garantías que necesita una comunidad, establecer los capitales asegurados correctos o incluir todos los elementos comunes a asegurar son tareas a desarrollar para conseguir el mejor seguro para los vecinos. Si necesita asesoramiento, Aon está especializado en este tipo de pólizas y puede ayudar a comunidades y administradores de fincas en el aseguramiento de sus necesidades. Encuentra el mejor seguro

 

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