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La responsabilidad civil por pérdida de documentos del abogado

La responsabilidad civil por pérdida de documentos del abogado

Los abogados, como profesionales del derecho, están sujetos a una serie de obligaciones y deberes en el ejercicio de su actividad. Esta responsabilidad la tienen tanto con sus clientes como con los tribunales y la sociedad en general. Entre estas obligaciones se encuentra la de custodiar y conservar los documentos que les confían sus clientes o que obtienen en el desarrollo de su labor. En este artículo te contamos cuál es la responsabilidad civil por pérdida de documentos del abogado.

Y es que, estos documentos pueden tener un gran valor jurídico, económico o sentimental para los clientes, y su pérdida, robo o destrucción puede causarles un grave perjuicio. Pero ¿qué ocurre cuando un abogado pierde o extravía los documentos de su cliente? ¿Qué responsabilidad civil le puede corresponder? ¿Qué requisitos se deben cumplir para exigirle una indemnización?

La responsabilidad civil contractual del abogado

La responsabilidad civil por daños a documentos y expedientes en un abogado es la obligación de reparar el perjuicio causado al cliente o a un tercero por la pérdida, destrucción, deterioro o sustracción de los documentos o expedientes que el abogado tiene en su poder o custodia para el desarrollo de la gestión encomendada.

La relación entre el abogado y el cliente se basa en un contrato de arrendamiento de servicios, regulado por los artículos 1544 y siguientes del Código Civil. Según dicho artículo 1544, “el arrendamiento de obras o servicios es uno de los contratos nominales que se perfeccionan por el mero consentimiento. Por este contrato, una de las partes se obliga a ejecutar una obra o a prestar a la otra un servicio por precio cierto”.

En este sentido, el abogado se obliga a prestar al cliente un servicio consistente en la dirección y defensa de sus intereses jurídicos, mediante la aplicación de sus conocimientos y habilidades profesionales. A cambio, el cliente se obliga a pagarle unos honorarios pactados. En este sentido, la responsabilidad civil del abogado deriva del incumplimiento o cumplimiento defectuoso de las obligaciones que le incumben en virtud del contrato.

Obligaciones de medios o de resultado

Estas obligaciones pueden ser de medios o de resultado, según exijan al abogado una determinada conducta o un determinado resultado.

  • Las obligaciones de medios son aquellas que exigen al abogado actuar con la diligencia debida, es decir, con la pericia, cuidado y prudencia propios de un buen profesional. En este caso, el abogado no garantiza el éxito de su gestión, sino que se limita a emplear todos los medios adecuados para lograrlo. Por ejemplo, son obligaciones de medios las de informar al cliente sobre las posibilidades y riesgos de su caso, asesorarle sobre la estrategia más conveniente, presentar los escritos y recursos pertinentes, etc.
  • Las obligaciones de resultado son aquellas que exigen al abogado obtener un resultado concreto y determinado. En este caso, el abogado se compromete a lograr un fin específico, y responde en caso de no conseguirlo. Por ejemplo, son obligaciones de resultado las de entregar al cliente la documentación del proceso, devolverle los documentos que le confió o conservarlos debidamente.

La diferencia entre las obligaciones de medios y de resultado es importante a la hora de determinar la responsabilidad civil del abogado. En las obligaciones de medios, el cliente debe probar que el abogado actuó con negligencia o imprudencia, es decir, que no empleó los medios adecuados para defender sus intereses. En las obligaciones de resultado, en cambio, basta con que el cliente pruebe que el abogado no obtuvo el resultado prometido, sin necesidad de demostrar su culpa.

Te puede interesar nuestro artículo sobre: “¿Cubre la Responsabilidad Civil Profesional para Abogados la inhabilitación?”.

La pérdida de documentos como incumplimiento contractual

En su desempeño profesional los abogados están sujetos al deber de diligencia e igualmente al deber de secreto profesional que puede ser violentado si existe un robo o extravío de información. Todos estos deberes del abogado (lex artis) tienen su fundamento en el Estatuto General de la Abogacía Española, en el Código Deontológico de la Abogacía y en las propias normas y orientaciones de los Colegios Profesionales.

La pérdida, robo o destrucción de documentación es uno de los siniestros más frecuentes en los abogados. Desde el punto de vista de una adecuada gerencia de riesgos, es conveniente registrar siempre la documentación confiada por los clientes. Además, el extravío de este material puede dar lugar a una infracción de la protección de datos personales.

Algunos ejemplos de reclamaciones de este tipo de responsabilidad civil en el mundo de la abogacía son:

  • Una abogada pierde el documento del cliente, esto conlleva un coste para recuperar o rehacer esos documentos.
  • Un abogado extravía un expediente judicial de un cliente e incumple el plazo para interponer un recurso contra una sentencia.
  • Un abogado sufre un robo en su bufete y desaparecen documentos de un cliente con datos personales de terceros que tenía en custodia.

Para exigir la responsabilidad civil del abogado por pérdida, robo o destrucción de documentos, el cliente debe cumplir acreditar los siguientes requisitos:

  • La existencia y validez del contrato entre el abogado y el cliente.
  • La entrega o posesión por parte del abogado de los documentos perdidos o extraviados.
  • La pérdida, robo o destrucción de los documentos por parte del abogado, ya sea por acción u omisión.
  • El daño causado al cliente por la pérdida, robo o destrucción de los documentos.
  • El nexo causal entre la pérdida o extravío de los documentos y el daño causado al cliente.

La cuantificación del daño por pérdida de documentos

El daño causado al cliente por la pérdida, robo o destrucción de los documentos puede ser de diversa índole, según el valor y la función de dichos documentos. El daño puede ser patrimonial, material o inmaterial, emergente o lucro cesante.

Daño patrimonial

Es aquel que afecta al patrimonio del cliente, es decir, a sus bienes o derechos. El daño patrimonial puede ser material o inmaterial, el material es aquel que se refiere a la pérdida o deterioro de una cosa. Mientras que el daño inmaterial es aquel que se refiere a la pérdida o menoscabo de un derecho. Por ejemplo, si el abogado pierde un documento que acredita la propiedad de un inmueble, el daño patrimonial material será el valor del inmueble, y el daño patrimonial inmaterial será la imposibilidad de ejercer el derecho de propiedad.

Daño emergente

Este tipo de daño se refiere al empobrecimiento efectivo del cliente por la pérdida, robo o destrucción de los documentos. El lucro cesante es aquel que se refiere al beneficio dejado de obtener por el cliente por la pérdida o extravío de los documentos. Por ejemplo, si el abogado pierde un documento que le permitía al cliente reclamar una indemnización, el daño emergente será el coste de obtener otro documento equivalente, y el lucro cesante será la indemnización dejada de percibir.

Cuantificación del daño

La cuantificación del daño por pérdida, robo o destrucción de los documentos dependerá del tipo y la extensión de este. En general, se aplicarán los criterios de valoración establecidos en las normas legales aplicables al documento perdido o extraviado, así como los principios de reparación integral, proporcionalidad y equidad.

  • La reparación integral implica que el abogado debe indemnizar al cliente por todos los conceptos y modalidades de daño que le haya causado por la pérdida o extravío de los documentos, sin que haya lugar a enriquecimiento injusto ni a compensación con otros beneficios.
  • La proporcionalidad implica que el abogado debe indemnizar al cliente en función del grado de culpa o negligencia que haya tenido en la pérdida o extravío de los documentos, así como de la contribución causal del cliente o de terceros en la producción del daño.
  • La equidad implica que el abogado debe indemnizar al cliente atendiendo a las circunstancias particulares del caso, tales como la importancia y trascendencia de los documentos perdidos o extraviados, la relación y confianza entre el abogado y el cliente, la duración y complejidad del encargo profesional, etc.

En definitiva, la responsabilidad civil del abogado por pérdida, robo o destrucción de los documentos del cliente es una cuestión que puede plantearse en el ámbito judicial o extrajudicial. Para ello, es necesario probar tanto el incumplimiento contractual del abogado como el daño causado al cliente y su relación causal. La cuantificación del daño dependerá del tipo y la extensión de este, así como de las circunstancias del caso concreto.

En Aon somos expertos en seguros profesionales para bufetes y abogados. El seguro para la abogacía que ofrece Aon se incluye una cobertura de daños a documentos y expedientes con un límite de indemnización de 250.000 €. Es una de las coberturas complementarias a la garantía principal de responsabilidad civil profesional. Si quieres más información o tienes alguna pregunta el seguro de Responsabilidad Civil del abogado no dudes en contactar con nosotros.


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El seguro de RC de las Juntas de Gobierno de los Colegios de Abogados

Las Juntas de Gobierno son los órganos de gobierno que se encargan de la dirección, administración, funcionamiento y representación de los Colegios de Abogados. En el ejercicio de sus funciones puede incurrir en errores que impliquen una responsabilidad civil profesional. En este post explicamos cómo es el seguro para las Juntas de Gobierno de los Colegios Profesionales.

Funciones de las Juntas de Gobierno

Estos órganos se encuentran regulados en el Estatuto General de la Abogacía (Capítulo II, artículos 48-54).

Entre las atribuciones de la Junta de Gobierno destacan:

  • Someter a referéndum asuntos concretos de interés colegial.
  • Resolver sobre la admisión al Colegio.
  • Velar por que los colegiados observen buena conducta con relación a los Tribunales, a sus compañeros y a sus clientes, y que trabajen con la necesaria diligencia y competencia profesional.
  • Ejercitar las acciones oportunas para impedir el intrusismo.
  • Regular el funcionamiento y la designación para prestar la asistencia jurídica gratuita.
  • Recaudar el importe de las cuotas y de las pólizas establecidas para el sostenimiento de las cargas del Colegio, del Consejo General de la Abogacía y de la Mutualidad General de la Abogacía.
  • Ejercer las facultades disciplinarias respecto a los colegiados.
  • Informar a los colegiados de cuantas cuestiones puedan afectarles.
  • Recaudar y administrar los fondos del Colegio.
  • Redactar los presupuestos, rendir las cuentas anuales, y proponer a la Junta General la inversión o disposición del patrimonio colegial.
  • Emitir consultas y dictámenes, administrar arbitrajes y dictar laudos arbitrales, así como crear y mantener Tribunales de Arbitraje.

Echa un ojo a nuestro post sobre Siniestros más frecuentes para Abogados

Seguro RC para las Juntas de Gobierno de los Colegios

Como hemos expuesto, las Juntas de Gobierno desarrollan muchas tareas asignadas por el Estatuto de la Abogacía y en este ejercicio de sus funciones pueden originarse errores o negligencias profesionales.

La conclusión es clara: es necesario un seguro de responsabilidad civil profesional para la Junta de Gobierno.

En los seguros colectivos que contratan los Colegios se incluye habitualmente la cobertura para la Junta de Gobierno, incorporando como asegurados no solo a la Junta, sino también a su comisión delegada, las Juntas Generales de Colegiados, el Gerente, el Secretario, los miembros del Centro de Mediación del Colegio, los miembros de la Corte Arbitral de la Junta y otras personas que ejerzan sus funciones por cuenta del Colegio.

Dentro de la cobertura para la Junta, se incluyen, entre otras, coberturas como:

  • Responsabilidad Civil Profesional
  • Responsabilidad Civil de Explotación
  • Civil inmobiliaria
  • Civil locativa
  • Civil Patronal
  • Civil y sanciones derivadas de la protección de datos
  • Inhabilitación profesional de los miembros de la Junta

Dentro de la garantía de responsabilidad civil profesional, se cubren responsabilidades exigibles a la Junta derivadas de todas las funciones que el Estatuto del Colegio les confiere como, por ejemplo, las responsabilidades derivadas de la emisión de dictámenes, el visado de documentos, el control de la titulación de los colegiados, control de la colegiación, la actividad de la Junta como Instituto de Mediación, etc.

El estudio de la cobertura para la Junta requiere un enfoque personalizado para ajustar la póliza, de forma precisa, a las funciones que desarrolla el órgano colegial.  En relación con la protección de los miembros de la Junta, Gerente y resto personal directivo, puede resultar interesante estudiar un seguro de D&O frente a los actos erróneos (“wrongful acts”).

Aon ayuda a más de 50 colegios de abogados en el aseguramiento de la responsabilidad de sus juntas de gobierno. Estamos a tu disposición para aclararte todo lo que necesitas sobre tu responsabilidad civil profesional tanto si eres miembro de una junta o como si quieres información sobre cualquier otro aspecto de la responsabilidad civil para abogados.

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Ámbito territorial en los seguros para abogados

Ámbito territorial en los seguros para abogados

El ámbito geográfico del seguro de responsabilidad civil para los abogados se establece en el condicionado general de la póliza. La cobertura habitual es el territorio nacional.  Es decir, se cubren reclamaciones contra las responsabilidades derivadas de las actividades profesionales realizadas en España. También existen opciones, muy frecuentes en el mercado asegurador nacional, que posibilitan ampliar este ámbito a los países de la Unión Europea.

Una adecuada protección requiere revisar el ámbito geográfico a la hora de contratar el mejor seguro y evitar problemas en caso de  un siniestro de responsabilidad civil.

Actividad profesional en la Unión Europea

En el contrato de seguro es posible acordar distintas delimitaciones geográficas. Como se ha señalado, el ámbito geográfico más recurrentemente ofrecido en el mercado asegurador es España, Andorra y la Unión Europea. Esto se explica porque actualmente es posible ejercer la actividad como abogado en estos territorios que están sujetos a las normativas y directivas comunes de la Unión Europea.

Todo ello es fruto de la Directiva 98/5/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 16 de febrero de 1998 destinada a facilitar el ejercicio permanente de la profesión de abogado en un Estado miembro distinto de aquel en el que se haya obtenido el título. Esto no exime de que los abogados deben ajustar su ejercicio a las normas establecidas en cada Estado (normas colegiales, códigos deontológicos, etc.). Otra pieza clave es el Código Deontológico de los abogados europeos que, como “expresión de un consenso de todos los Colegios de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo”, define unas normas de actuación en el ejercicio profesional transfronterizo.

La jurisdicción del seguro de RC

Relacionado con la jurisdicción de las pólizas de RC de la abogacía, es importante observar que esta se suele limitar a las reclamaciones interpuestas dentro de los tribunales de cualquier país miembro de la Unión Europea. Es decir, resulta clave tener en cuenta:

  • Dónde se produce el acato que origina la reclamación
  • Dónde se presenta la reclamación (jurisdicción).

Ámbito geográfico del seguro para la abogacía de Aon

En el seguro para la abogacía que ha diseñado Aon se facilita cobertura de las reclamaciones formuladas en los siguientes territorios:

  • España
  • Andorra
  • Reino Unido
  • Países miembros de la Unión Europea.

En concreto este seguro cubre las reclamaciones formuladas contra los abogados ejercientes colegiados en alguno de los Ilustres Colegios de Abogados de España que actúen en dichos Estados, amparados bajo el derecho a la Libre Prestación de Servicios, en los términos establecidos en la Directiva 77/249/CEE y los Reales decretos 607/86 y 1062/88 de 21 de marzo y 16 de septiembre.

Esta solución permite dar perfecta respuesta a la mayor parte de la actividad de los despachos y bufetes de la abogacía española. Lógicamente, es posible estudiar otros casos particulares o necesidades específicas. Aon facilita soluciones aseguradoras para los bufetes de abogados o estudios jurídicos que requieran ámbitos geográficos más amplios.

¿Es posible un seguro de RC Abogados para Estados Unidos?

Para terminar, queremos comentar en este post una pregunta que se plantea habitualmente al tratar sobre la RC: por qué se excluye Estados Unidos en casi todas las pólizas.

Efectivamente, en casi todos los condicionados de las pólizas de responsabilidad civil para la abogacía individual se excluye, de forma generalizada, el ámbito geográfico de Estados Unidos. No obstante, esta ampliación de la cláusula geográfica es contratable, aunque no es habitual en personas físicas.

La cobertura de reclamaciones en territorios como Estados Unidos o Canadá es prácticamente inexistente para abogados individuales por distintas razones:

  • Normalmente es un ámbito geográfico innecesario por el tipo de actividad jurídica desarrollada por gran parte la abogacía española.
  • El coste del seguro para la abogacía sería muy elevado si se incluyese este tipo de ámbito geográfico que, en la casi totalidad de los casos, no resulta necesario.

En el caso de grandes despachos o corporaciones este tipo de coberturas son posibles y se negocian habitualmente de forma específica en los mercados aseguradores. La complejidad de los mercados de responsabilidad civil en Estados Unidos, Canadá y muchos otros con ordenamientos jurídicos en países anglosajones basados en la Common Law requiere estudios a medida para cubrir adecuadamente los riesgos profesionales.  En el sistema de Derecho Civil español y europeo la principal fuente de derecho es la Ley, mientras que en los sistemas de Common Law las fuentes son las sentencias de los tribunales.

Como hemos señalado anteriormente, desde Aon podemos estudiar las soluciones individualizadas que requieran abogados individuales, sociedades profesionales o bufetes.


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¿Cubre la Responsabilidad Civil Profesional para Abogados la inhabilitación?

¿Cubre la Responsabilidad Civil Profesional para Abogados la inhabilitación?

La inhabilitación profesional es una de las sanciones que más preocupa a los abogados cuando están ejerciendo su profesión. Las penas de inhabilitación son sanciones privativas de derechos profesionales. Además, hay que tener en cuenta que, aparte de la inhabilitación puede darse una reclamación de responsabilidad civil por los daños originados.

El único con autoridad para quitar o suspender temporalmente la licencia de un abogado es un tribunal. Además, la inhabilitación profesional va siempre vinculada a una sentencia judicial firme.

¿Por qué preocupa tanto la inhabilitación a los abogados?

Las sanciones de inhabilitación profesional las encontramos en el Código Penal, más concretamente en el Capítulo VIII, Delitos contra la Administración de Justicia. Estos castigos preocupan a los abogados porque son una de las sanciones más habituales que podemos encontrar en los procedimientos penales contra estos profesionales.

¿Con qué tipo de inhabilitación pueden sancionar a un abogado?

De acuerdo con lo que nos dice el Código Penal, hay dos tipos de inhabilitación con las que pueden sancionar a un abogado, la inhabilitación especial y la absoluta.

Inhabilitación especial

Esta puede venir por una pena grave, menos grave o leve, y es una pena privativa de derechos para el ejercicio de empleo o cargo público, sea retribuido o no. Su duración puede ir desde 3 meses hasta 10 años. Se considera que una pena es grave cuando la inhabilitación sea por un tiempo superior a cinco años. Si la duración va desde un año y un día hasta los 5 años se considera menos grave, y es leve si dura entre tres meses y un año.

Inhabilitación absoluta

Está considerada siempre como una pena grave, su duración va de 6 a 20 años y conlleva la privación definitiva de todos los honores, empleos y cargos públicos que ostente el abogado sancionado.

¿Cubre mi seguro para abogados la inhabilitación profesional?

Un seguro de Responsabilidad Civil para abogados nos protege ante reclamaciones de clientes o terceros que tienen su origen en un error u omisión en el servicio profesional prestado. Una de las coberturas que incluyen estos seguros es la inhabilitación profesional del abogado.

El seguro de Responsabilidad Civil solo cubre la inhabilitación si se cumplen estos dos requisitos. Que la condena venga originada por una imprudencia profesional y que el procedimiento judicial se siga con motivo del ejercicio profesional del asegurado.

Con la cobertura de inhabilitación de la póliza, y siempre que el abogado asegurado sea condenado en un procedimiento penal a la inhabilitación especial para el ejercicio de su actividad profesional, éste recibirá el pago de una indemnización mensual. El subsidio puede llegar los 2.500€ al mes durante un máximo de 18 meses. Pero esta indemnización no podrá sobrepasar en ningún caso los ingresos medios mensuales obtenidos por el Asegurado en el ejercicio de su profesión durante los últimos 12 meses inmediatamente anteriores a la condena.

Motivos por los que pueden inhabilitar a un abogado

La inhabilitación es una sanción severa que se debe a la mala conducta de un abogado mientras ejerce su profesión. Alguno de los motivos que pueden llevar a dicha inhabilitación son: delitos graves por “vileza moral”, fraude, deshonestidad, falsificación, robo de fondos, abuso de alcohol o drogas que afecten a la capacidad del abogado para ejercer o cualquier violación del código de ética profesional.

En Aon somos expertos en seguros profesionales para bufetes y abogados. Si quieres más información o tienes alguna pregunta sobre la Responsabilidad Civil Profesional no dudes en contactar con nosotros, te ayudaremos.


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lex artis Seguro Abogados

¿Qué es la lex artis de los abogados?

En este post explicamos qué es la lex artis y su relación con el seguro de responsabilidad civil profesional de la abogacía.

La lex artis hace referencia a la adecuada actuación de los profesionales en su ejercicio profesional.  La RAE la define como el conjunto de reglas técnicas a que ha de ajustarse la actuación de un profesional en ejercicio de su arte u oficio. Es un concepto utilizado ampliamente cuando se trata sobre la responsabilidad civil de profesionales como los médicos o los abogados.

En el ámbito de la abogacía, la lex artis implica el conocimiento y uso de las reglas técnicas (reglas del oficio) que son necesarias para un correcto ejercicio profesional.   La lex artis está directamente relacionada con las obligaciones y deberes de los abogados (información adecuada a los clientes, deber deontológico de lealtad y honestidad en el desempeño del encargo; aplicar al problema los indispensables conocimientos jurídicos, . …).

Los abogados siempre deben responder antes los clientes de la corrección técnica de su desempeño profesional.

Deberes de los abogados

Los deberes de los abogados están vinculados, de forma general, con el cumplimiento de un contrato de arrendamiento servicios que establece una obligación de cumplimiento de la lex artis, pero no una obligación de resultados.

De acuerdo con la jurisprudencia sobre este tema (por ejemplo, la sentencia del Tribunal Supremo n.º 772/2011, de 27 de octubre), cumplir la lex artis no implica que existe un dictamen o resolución favorable a los intereses del cliente que ha contratado a un abogado.

La diligencia exigible al abogado supone cumplir con el deber de ejecución óptima del servicio contratado. Esto implica contar con la adecuada capacitación profesional y cumplir correctamente el encargo. El cumplimiento de la lex artis no puede ser excluida en las cláusulas de las hojas de encargo de los abogados o de los contratos de servicios firmados, de acuerdo a lo establecido en los código deontológicos de la profesión.

La sentencia del Tribunal Supremo 64/2010, de 23 de febrero de 2010, aclara el concepto de lex artis y explicita ejemplos de los deberes profesionales de la abogacía:

“la doctrina jurisprudencial establece -una vez aclarado que el abogado comparte una obligación de medios y no de resultado- que dicha obligación le exige desplegar sus actividades con la debida diligencia acorde con la «lex artis» que incluye «ad exemplum», entre los deberes que integran tal prestación media la de informar de «pros y contras», riesgo del asunto o conveniencia o no del acceso judicial, costas, gravedad de la situación, probabilidad de éxito o fracaso, lealtad y honestidad en el desempeño del encargo, respeto y observancia escrupulosa de las leyes procesales y aplicación al problema de los indispensables conocimientos de la Ley y del Derecho”.

Impacto de la lex artis en los siniestros del seguro de RC Abogados

Una mala praxis implicará que el abogado responsable tendrá que hacer frente a una indemnización por daños y perjuicios al cliente perjudicado, de acuerdo con lo establecido en el Código Civil (especialmente en los artículos 1104.1 y 1101). En ese caso, el seguro de responsabilidad civil tendrá que poder garantizar los gastos judiciales necesarios para la defensa de sus intereses frente a las posibles reclamaciones y, si se establece judicialmente la negligencia, error o mala praxis, las posibles indemnizaciones.

En definitiva, el cumplimiento de la lex artis puede ser clave para que el abogado sea exonerado de su responsabilidad en caso de una reclamación. Es posible evitar siniestros en el seguro de responsabilidad civil del abogado si el profesional revisa, de forma constante y exhaustiva, sus deberes y obligaciones para sus clientes.

Cumplir con la normativa profesional y deontológica del Estatuto General de la Abogacía el Código Deontológico de la Abogacía Española y el Código Deontológico de los abogados de la Unión Europea es imprescindible para evitar posibles problemas y reclamaciones.

Utilizar la hoja de encargo es también un buen instrumento para aminorar riesgos ya que aporta información a los clientes sobre el alcance de los servicios de los abogados.


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seguro abogados

¿Es obligatorio el seguro de los abogados?

El seguro de Responsabilidad Civil para los abogados es voluntario. No existe una obligación de contar con un seguro pero esto no implica que no exista el riesgo de una responsabilidad profesional. Estar asegurado resulta imprescindible para evitar problemas, reclamaciones y pago de gastos de defensa, fianzas o indemnizaciones.

En el Estatuto de la Abogacía Española y en su Código Deontológico encontramos referencias a sobre la necesidad de un seguro para cubrir la responsabilidad civil del abogado.

¿Qué dice el Estatuto de la Abogacía sobre los seguros para abogados?

El antiguo Estatuto de la Abogacía establecía expresamente que el seguro de Responsabilidad Civil en el ejercicio profesional de los abogados era voluntario. No obstante, también señala que el abogado debía “tener cubierta, con medios propios o con el recomendable aseguramiento, su responsabilidad profesional, en cuantía adecuada a los riesgos que implique”.

El nuevo Estatuto de la Abogacía, aprobado en marzo de 2021 y que ha entrado en vigor el 1 de julio,  establece en su artículo 125 que es una infracción grave de los profesionales de la Abogacía ”la falta de contratación de seguro o garantía cuando la obligación de contar con dicho régimen de garantía para cubrir las responsabilidades por razón del ejercicio profesional así esté prevista por ley”.

Asimismo, determina en su artículo 129 que se consideran infracciones muy graves de las sociedades profesionales” la falta de un seguro en vigor o garantía equivalente que cubra la responsabilidad en la que puedan incurrir en el ejercicio de sus actividades cuando la obligación de contar con dicho régimen de garantía así esté prevista por ley”.

¿Qué dice el Código Deontológico?

El Código Deontológico de la Abogacía Española fue aprobado por el Pleno del Consejo General de la Abogacía Española el 6 de marzo de 2019. Estas  normas deontológicas entraron en vigor el 8 de mayo de ese mismo año.

En su  artículo 20 se hace referencia a la cobertura de la responsabilidad civil para los abogados.

En concreto establece que el abogado debe tener cubierta la responsabilidad profesional en cuantía adecuada a los riesgos que implique su actividad profesional.

Además, señala que la contratación de un seguro de responsabilidad civil es obligatoria para las sociedades profesionales y en los demás casos que prevea la ley.

¿Dónde contratar el seguro de responsabilidad civil para abogados?

El seguro de abogados se suele suscribir a través de los Colegios de Abogados, aunque esta situación está cambiando poco a poco con la evolución de muchos Colegios y la creciente complejidad del mercado asegurador de Responsabilidad Civil.

Hasta la fecha, normalmente el Colegio asume una cobertura básica y el abogado contrata una segunda capa que amplía la protección ofrecida por el Colegio.

También hay Colegios que no ofrecen ningún tipo de cobertura básica y es cada abogado quien contrata toda su cobertura.

Anteriormente, en el antiguo Estatuto de la Abogacía, se indicaba que los Colegios debían facilitar el aseguramiento de la Responsabilidad Civil de los abogados (artículo 8) y expresamente, entre sus funciones, se citaba la promoción del aseguramiento obligatorio de la Responsabilidad Civil profesional. En el nuevo Estatuto estas referencias al seguro y a las funciones del Colegio han desaparecido.

Actualmente el abogado tiene libertad para elegir cómo cubrir su Responsabilidad Civil profesional. El Colegio, pieza clave en la vida de la Abogacía, es una buena solución pero si el Colegio no ofrece el seguro de Responsabilidad Civil o tiene problemas para ofrecer condiciones atractivas, existe la posibilidad de contratar un seguro de Responsabilidad Civil de abogados a través de Aon. En esta web puedes contando con el asesoramiento del mayor especialista en pólizas de Responsabilidad Civil de nuestro país.


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Responsabilidad Civil abogado

¿Cuál es la Responsabilidad Civil del abogado?

Los abogados en su ejercicio profesional están sujetos a Responsabilidad Civil cuando por dolo o negligencia dañen los intereses de los clientes cuya defensa les hubiere sido confiada. Esta responsabilidad es exigible conforme a la legislación ordinaria ante los Tribunales de Justicia.

En general, son necesarios unos requisitos para determinar la actuación negligente de un abogado.

De forma resumida, podemos citar:

  • Acción u omisión culposa del abogado en el cumplimiento de su obligación contractual.
  • Conducta antijurídica o incumplimiento contractual.
  • Daño real, evaluable y demostrable.
  • Nexo causal entre la acción u omisión y el daño.

La Responsabilidad Civil del abogado supone la existencia de una acción u omisión contraria a la lex artis y un daño causado como consecuencia de esta situación.

Sin este nexo de causalidad entre la acción u omisión y el daño no se puede determinar la responsabilidad profesional.

En líneas generales, la prestación de los servicios de un abogado implica una obligación de medios y no de resultados. El abogado puede facilitar sus servicios profesionales con la máxima diligencia y, sin embargo, conseguir un resultado final que no es satisfactorio para los intereses de su cliente.

La responsabilidad del abogado no está vinculada a la falta de éxito  en la defensa de los intereses de sus clientes.

El cumplimiento de la debida lex artis se produce cuando el abogado actúa con toda la diligencia profesional necesaria sin que se vea obligado a unos resultados definidos. El trabajo profesional del abogado no solo exige el desarrollo de las tareas para las cuales el cliente ha contratado el servicio sino también el cumplimiento de prestaciones o deberes accesorios. Una mala praxis puede tener su origen en el incumplimiento de esos deberes.

La responsabilidad civil profesional del abogado exige probar el incumplimiento de los deberes profesionales. Esta situación debe haber originado un daño económico evaluable y demostrable en el cliente.  Estos daños medibles determinarán la fijación de una indemnización equivalente al daño sufrido o, en su caso, proporcional a la pérdida de oportunidades.

La Responsabilidad Civil del abogado por incumplimiento de contrato

Aunque es menos habituales, los abogados pueden firmar un contrato de obra que les obligue a un resultado concreto como podría ser, por ejemplo, la elaboración y redacción de un dictamen. En ese caso, podría establecer una Responsabilidad Civil profesional derivada del incumplimiento del contrato.

Funciones y actividades cubiertas por el seguro de abogados

El seguro de abogados diseñado por Aon cubre la Responsabilidad Civil profesional de los abogados en todas las funcionas habituales propias de la profesión, tal y como están definidas en el Estatuto General de la Abogacía y en el resto de las regulaciones legales y reglamentarias aplicables.

Es decir, cubre tanto frente a las reclamaciones derivadas de una mala praxis como frente a contratos que obliguen a determinados trabajos jurídicos como informes o dictámenes. Además, el seguro para abogados incorpora la cobertura de la responsabilidad civil derivada de otras actividades profesionales habituales en un bufete de abogados como la administración de fincas, el asesoramiento fiscal, la mediación,  el arbitraje o incluso, de forma opcional, la administración concursal.


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