Los administradores de fincas y la nueva Ley de la vivienda

Los administradores de fincas y la nueva Ley de la vivienda

La Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, entró en vigor el 26 de mayo de 2023, con el objetivo de garantizar el acceso a una vivienda digna y asequible a todas las personas, especialmente a las más vulnerables. En este texto, vamos a analizar los aspectos más relevantes de la ley que hacen referencia a los administradores de fincas.

Y es que, esta ley introduce importantes novedades que afectan tanto a los propietarios como a los arrendatarios de viviendas, así como a los profesionales que se dedican a la administración y el asesoramiento, como los administradores de fincas.

¿Qué novedades introduce la nueva Ley de Vivienda para los administradores de fincas?

La nueva Ley de Vivienda introduce algunas novedades que afectan a los administradores de fincas, especialmente en relación con los contratos de arrendamiento de vivienda habitual. Estas son algunas de estas novedades:

  • Los administradores de fincas deben informar a los propietarios y a los arrendatarios de la existencia y el contenido del sistema de índices de precios de referencia de alquiler, que se aprobará próximamente, y que servirá para determinar el precio máximo aplicable en las zonas declaradas como tensionadas.
  • Los administradores de fincas deben facilitar a los propietarios y a los arrendatarios la información necesaria para que puedan solicitar y obtener el certificado de eficiencia energética de la vivienda, que es obligatorio para alquilar o vender una vivienda.
  • Los administradores de fincas deben comunicar a los propietarios y a los arrendatarios las posibles ayudas públicas al alquiler que puedan solicitar, así como los requisitos y los plazos para hacerlo.
  • Los administradores de fincas deben asesorar a los propietarios y a los arrendatarios sobre las medidas de protección que establece la ley para los casos de vulnerabilidad social y económica, como la prórroga extraordinaria de un año, la suspensión de los desahucios o la oferta de alquiler social.
  • Los administradores de fincas deben colaborar con las administraciones públicas en el cumplimiento de la ley, facilitando la información que les sea requerida y denunciando las posibles infracciones que detecten.

La figura del administrador de fincas

Según el artículo 3.k) de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, un administrador de fincas es «la persona física que se dedica de forma habitual y retribuida a prestar servicios de administración y asesoramiento a los titulares de bienes inmuebles y a las comunidades de propietarios de viviendas«. Es decir, se trata de un profesional que gestiona los asuntos económicos, jurídicos y técnicos de las propiedades inmobiliarias, tanto de uso residencial como de otro tipo, y que representa a los propietarios o a las comunidades de propietarios ante las administraciones públicas, los proveedores, los arrendatarios y otros agentes.

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¿Qué requisitos debe cumplir un administrador de fincas?

Para ejercer su actividad, un administrador de fincas debe tener la capacitación profesional requerida y cumplir las condiciones legales y reglamentarias que le sean aplicables, las cuales pueden variar según la comunidad autónoma y el colegio profesional al que pertenezca. Algunas de estas condiciones son: estar dado de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social y en el censo de actividades económicas de la Agencia Tributaria, suscribir un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima que se fije por cada comunidad autónoma y colegio profesional, y estar inscrito en el registro de administradores de fincas que se cree en cada comunidad autónoma.

¿Qué obligaciones tiene un administrador de fincas?

Un administrador de fincas tiene que actuar con eficacia, diligencia, responsabilidad e independencia profesionales, con sujeción a la legalidad vigente y a los códigos éticos establecidos en el sector, con especial consideración hacia la protección de los derechos de los consumidores establecidos por las comunidades autónomas y en la ley.

Obligaciones del administrador de fincas

  • Elaborar y presentar a los propietarios o a las comunidades de propietarios los presupuestos, las cuentas, los informes y las liquidaciones que correspondan, así como velar por el cumplimiento de los acuerdos adoptados.
  • Gestionar los cobros y los pagos de las rentas, las cuotas, los suministros, los impuestos, las tasas y los gastos comunes, así como reclamar judicial o extrajudicialmente a los morosos.
  • Contratar y supervisar los servicios de mantenimiento, conservación y reparación de las instalaciones, los equipamientos y las zonas comunes de las fincas, así como solicitar los permisos, las licencias y las subvenciones que procedan.
  • Asesorar a los propietarios o a las comunidades de propietarios sobre las normas, los derechos y las obligaciones que les afecten, así como sobre las medidas de ahorro energético, de accesibilidad y de sostenibilidad que puedan adoptar.
  • Cumplir con las obligaciones fiscales, laborales, contables y registrales que le correspondan, así como con las de protección de datos personales y de prevención de blanqueo de capitales.
  • Informar a los propietarios o a las comunidades de propietarios de las novedades legislativas, jurisprudenciales o doctrinales que les puedan interesar, así como de las incidencias, las reclamaciones y las gestiones que realice en su nombre.
  • Informar a los propietarios o a las comunidades de propietarios de las zonas de mercado tensionado que se declaren en su ámbito territorial y de las medidas que se adopten para limitar las rentas de los arrendamientos de vivienda.

¿Qué derechos tiene un administrador de fincas?

Un administrador de fincas tiene derecho a percibir una retribución por los servicios que presta, que debe ser pactada libremente con los propietarios o con las comunidades de propietarios, y que debe constar por escrito en un contrato de administración de fincas. Este contrato debe especificar el alcance, la duración y la forma de pago de los servicios, así como las causas y las condiciones de resolución de este.

En definitiva, los administradores de fincas son profesionales que desempeñan una labor fundamental en la gestión de las propiedades inmobiliarias, especialmente de las viviendas, que son un bien de primera necesidad. La nueva Ley de Vivienda les otorga una mayor responsabilidad y les exige una mayor cualificación, pero también les reconoce su papel como garantes del derecho a la vivienda y como intermediarios entre los propietarios, los arrendatarios y las administraciones públicas.

Es importante que los administradores de fincas deben estar al día de las novedades que introduce la ley y adaptar sus servicios a las nuevas exigencias y demandas del mercado. Si quieres un seguro para administradores de fincas no dudes en contactar con Aon. Y es que, contamos con una plataforma para el administrador de fincas, respaldada por un amplio equipo de asesores y especialistas, ayudando al administrador a que ejerza su profesión con más seguridad y solvencia.