La calefacción central y la Ley de Propiedad Horizontal
La calefacción central es uno de los servicios más importantes de las comunidades de vecinos. Este servicio suele ser una gran fuente de conflictos y polémicas entre los vecinos. Los presidentes de la comunidad y los administradores de fincas tienen que afrontar muchos de estos problemas. En este artículo queremos explicarte todo lo que necesitas saber sobre la calefacción central desde el punto de vista de la Ley de Propiedad Horizontal y el Reglamento de Instalaciones Térmicas.
¿Debe eliminarse la calefacción central en todos los edificios?
Se lleva mucho tiempo hablando de eliminar la calefacción central por los problemas que provoca entre los vecinos. Tanto es así que el Real Decreto sobre la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios, publicado en agosto de 2020, obliga a instalar contadores particulares en las edificaciones que tengan calefacción central.
El objetivo es conseguir medir el consumo individual de cada vivienda. Este decreto obliga a que en 2023 todos los edificios antiguos cuenten, salvo algunas excepciones, con estos dispositivos individuales. Todos los edificios nuevos que se están construyendo en la actualidad ya incluyen estos contadores individuales.
¿Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal sobre la calefacción central?
Las comunidades de vecinos llevan mucho tiempo pensando en eliminar los sistemas de calefacción central de los edificios. En muchos casos no se sabía si se necesitaba la unanimidad de los propietarios para poder hacer este cambio. La Ley de Propiedad Horizontal, en su artículo 17.3 determina que se necesita una mayoría “de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación”.
Esto será así siempre que se quiera establecer o suprimir servicios comunes o de interés general para la comunidad. Este artículo implica que, aunque no todos los vecinos estén de acuerdo, si se aprueba por esta mayoría, todos deben realizar el cambio.
Por otro lado, en el caso de que alguno de los propietarios quiera renunciar a la calefacción central, habrá que aplicar el artículo 17.3, y tres quintas partes de los propietarios que representen las tres quintas partes del total, deberán votar a favor de desligarse. Una vez aprobada la renuncia deberán decidir si es total y no pagarán nada por obras o reparaciones futuras, o si es parcial y solo pagarán los costes fijos del servicio.
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¿Puedo desconectarme de la calefacción central?
Si se quiere desconectar del uso de la calefacción central, porque, por ejemplo, acaba de adquirir el piso, lo más habitual es llegar a un acuerdo con la Comunidad de Propietarios para no pagar y liberarse del consumo. Aunque en este caso debes tener en cuenta que, quedar exonerado del consumo no implica que no tengas que pagar los costes de mantenimiento, reparación y sustitución. Esto solo sucederá si se ha acordado así, o si se cuenta con la doble mayoría de tres quintas partes del artículo 17.3 de la Ley de Propiedad Horizontal.
En este sentido, el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal indica que cada propietario tiene la obligación de contribuir en función a su cuota de participación, a la dotación del fondo de reserva que existirá en la comunidad de propietarios para atender las obras de conservación y reparación de la finca. ¿Qué implica esto? Si has comprado la casa sabiendo que tiene calefacción central, el querer desconectarse de ella no conlleva desvincularse por completo, teniendo que hacer frente a los gastos de mantenimiento, reparación y sustitución mencionados.
Apagado y encendido de la calefacción central
La Ley de Propiedad Horizontal también establece que, las comunidades de propietarios tienen total libertad para fijar un calendario de encendido y apagado de la calefacción central del edificio. Serán los vecinos quienes decidan este horario en una votación. Aunque es importante saber que el encendido, según la zona de residencia, es a finales de octubre o principios de noviembre.
Por otro lado, también es necesario conocer que, si las temperaturas bajas se adelantan o se alargan, se puede decidir encender antes o apagar más tarde la calefacción con el apoyo del 25% de las cuotas. En cuanto a los horarios de encendido, serán también los vecinos quienes decidan cuál es el que mejor se adapta a sus necesidades.
En definitiva, el tema de la calefacción central siempre ha generado muchos conflictos y polémicas en las comunidades de propietarios. Gracias al real decreto mencionado anteriormente, en 2023 todos los edificios antiguos – salvo algunas excepciones concretas- dispondrán de contadores individuales para la medición de consumos.
Las calefacciones centrales forman parte de los elementos comunes de las comunidades de propietarios. Es muy recomendable contar un seguro multirriesgo para la comunidad de vecinos. En Aon somos expertos en la mediación de seguros para comunidades de vecinos que protegen las instalaciones de la calefacción central. Si tienes alguna duda o quieres saber más, no dudes en contactar con nosotros.
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