Mayorías necesarias en la Comunidad de Vecinos

Para tomar decisiones, sea en el ámbito que sea, es necesario cumplir unos requerimientos entre los cuales encontramos los de determinadas mayorías o minorías, bien de asistencia o participación, bien de votos a favor. En el caso de las comunidades de vecinos, para adoptar acuerdos en las Juntas, será necesario también cumplir con una serie de mayorías.

A lo largo de este post veremos las mayorías necesarias para adoptar cualquier acuerdo en una comunidad de vecinos.

Las mayorías necesarias para la toma de decisiones

Cualquiera que quiera conocer dichas mayorías puede acudir a la Ley de Propiedad Horizontal, sin embargo, a lo largo de este post simplificaremos la densa ley en cuestión.

Podemos diferenciar entre los acuerdos que para poder adoptarse requieren unanimidad, los que requieren mayoría cualificada y los que requieren mayoría ordinaria.

Acuerdos que requieren unanimidad

Los acuerdos que requieren unanimidad son aquellos por los que se pretende modificar los Estatutos de la comunidad; es decir, para poder introducir cualquier tipo de modificación en los Estatutos necesitaremos la aprobación de todos los vecinos.

Acuerdos que requieren una mayoría cualificada

Por otro lado, tenemos los acuerdos que requieren una mayoría cualificada. En primer lugar, mayoría cualificada implica la mayoría de los propietarios, independientemente de que hayan asistido o no a la Junta. Los acuerdos que requieren esta mayoría son los más numerosos y podemos citar algunos:

  • Para poder llevar a cabo una obra o la contratación de nuevos servicios que implique la realización de una obra, será necesario contar con una mayoría cualificada o también llamada especial.
  • Si se quisiera recortar determinados servicios, siempre y cuando estos sean comunes para todos los vecinos, tales como el de portería, conserjería o vigilancia, será necesario contar con la aprobación o el voto favorable de las tres quintas partes de los propietarios.
  • En toda comunidad hay elementos comunes y cuando se quiera hacer negocio con ellos mediante su arrendamiento, también se necesitará contar con esta mayoría.
  • La instalación de cualquier infraestructura para tener acceso a los servicios de telecomunicaciones y aprovechamiento de energías renovables tendrá que ser votada en Junta, necesitando para su introducción en la comunidad del voto favorable de la mayoría cualificada de los propietarios.
  • Habrá vecinos que tengan coches eléctricos y, por ende, necesitan puntos de carga. Pues bien, para poder instalarlos necesitarán también que sea votado en Junta necesitando la mayoría de la que venimos hablando.
  • El último supuesto que trataremos en el que es necesario contar con esta mayoría será cuando se pretendan llevar a cabo nuevas instalaciones, servicios o mejoras siempre y cuando estos no sean necesarios para la conservación de la comunidad.

Acuerdos que requieren una mayoría ordinaria

Como hemos mencionado, tenemos también mayoría ordinaria. Esta mayoría consiste en el voto favorable de la mayoría de los asistentes a la Junta y los acuerdos que se decidirán por la misma serán aquellos que no puedan decidirse por las mayorías anteriormente mencionadas.

Como hemos visto, para la toma de cualquier decisión necesitaremos que sea aprobada en Junta requiriendo, según el asunto, una mayoría u otra. Es importante conocer las mayorías que en cada caso necesitamos para la adopción de dichas decisiones.

 

Tal vez te interesen estos posts:

¿Qué es la Junta de Propietarios en la comunidad de vecinos?

Cómo se hace un acta de la comunidad de propietarios: puntos más importantes

 

Desde Aon podemos asegurar distintos riesgos que pueden ayudar a tu Comunidad de Vecinos en situaciones difíciles. Ponte en contacto con nosotros y te informamos sin compromiso.