Protocolos de seguridad ante incendios y su normativa en Comunidades de propietarios

El trágico incendio del 22 de febrero en Valencia está provocando el aumento de la revisión de los protocolos de seguridad en las Comunidades de Propietarios.

Ahora, muchos se plantean si el edificio donde residen cumple con las normativas vigentes.

Y si estas son suficientes.

Hay que destacar que las regulaciones buscan garantizar la seguridad de los residentes y juegan un papel muy importante en la prevención, mitigación y respuesta ante emergencias.

Por otra parte, este incendio de Valencia también provocó que se revisaran los seguros de las comunidades de propietarios y comprobaran los capitales asegurados.

¿Cuáles son las normativas ante incendios en España?

 

Hay que tener en cuenta que la regulación autonómica y local siempre podrá añadir y adaptar las normativas generales a las necesidades de cada región (edificios históricos, espacios naturales, etc.), pero de forma genérica existen dos ángulos que destacan en cuanto a la prevención y normativa ante incendios:

  • El CTE (Código Técnico de la Edificación) y el RSCIEI (Reglamento de Seguridad Contra Incendios Industriales). Centrados en la construcción de edificios seguros.
  • El RIPCI (Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios). Que pone el foco en las instalaciones y los sistemas que previenen, detectan y permiten actuar con la mayor eficacia en caso de incendio.

 

¿Qué dicen estas normativas?

  • El CTE prevé el incendio desde la construcción del edificio. Es decir, se centra en la resistencia al fuego de cada material, que haya cortafuegos suficientes que impidan la propagación rápida del incendio, rutas de evacuación eficientes y sistemas de detección y extinción del propio edificio. Esta normativa es la que impone medidas que, por ejemplo, eviten la propagación del fuego por las fachadas.
  • El RSCIEI es el que impone las medidas de seguridad para estas situaciones en edificios industriales. Su objetivo: salvaguardar a los trabajadores y minimizar el impacto de los incendios.
  • El RIPCI, que entra en vigor en 2017 sustituyendo la normativa vigente desde 1993, tras el incendio de la Torre Greenfield en Londres, exige y requiere el cumplimiento de medidas que garantizan la eficacia de las instalaciones de protección contra incendios. Esto incluye la correcta instalación y el mantenimiento de equipos de detección, extinción, evacuación y señalización. Y aplica a todo.

 

¿Entonces todos los edificios cumplen con esta normativa?

Sí… y no.

En la parte del sí, todos los edificios construidos desde 2006, que es cuando entra en vigor el CTE (normativa centrada en la construcción de edificios seguros frente a incendios), deben cumplir con lo especificado en el mismo.

En la parte del no, existen excepciones.

  • Edificios históricos (relacionado con su conservación).
  • Pequeñas construcciones (por debajo de los requisitos del CTE).
  • Edificaciones agrícolas y ganaderas (aunque dependerá de su uso y tamaño).
  • Edificios antiguos, construidos bajo unas normativas menos estrictas que las de hoy en día.

Por si esto fuera poco, puede haber más excepciones según cada legislación autonómica/local.

El ejemplo del incendio de Valencia

 

En el 2024 la normativa no permitiría construir un edificio con las características del incendio del barrio del Campanar, en Valencia.

Pero, entre 2006 y 2008 (cuando se construyó el edificio incendiado) la norma era más laxa con el uso de aislantes efectivos… pero que resultan ser muy combustibles. Además, la cámara de aire existente propició que las llamas se expandieran a una velocidad desmedida (por el efecto chimenea).

En una construcción, hoy en día, estas cámaras deberían estar segmentadas y no ser continuas, para hacer de cortafuegos.

Y los materiales que se podrían usar en un edificio de esa altura se deberían aislar con lanas minerales o morteros de cemento que contengan ciertos elementos aislantes, por ejemplo, para que la suma de componentes de la fachada cumpla con el mínimo de resistencia a fuego y así cumplir con el mínimo exigido en cuanto a características técnicas.

Y no.

Las normas sobre estos materiales no se aplican con retroactividad a menos que las nuevas normativas los califiquen de tóxicos (como es el caso del amianto). El coste sería inasumible.

 

Entonces, ¿cómo saber si mi edificio y Comunidad de Propietarios es segura y cumple la normativa? ¿Cómo tener la máxima protección?

 

Cumplir con el RIPCI

Como comentábamos anteriormente, y debido al incendio de la Torre Greenfield en Londres, desde el 12 de junio de 2017 existe un conjunto de normas que conforman el Reglamento de Instalaciones de Protección contra incendios (RIPCI).

El RIPCI, que se aprobó por Real Decreto 513/2017 en mayo de ese mismo año, sustituía la normativa vigente desde 1993.

En cuanto a las instalaciones deben ser diseñadas, instaladas y mantenidas por empresas que hayan sido autorizadas para ello por cada Comunidad Autónoma (y la Dirección General de Industria de cada una).

Y sí, la Comunidad de vecinos es la responsable de cumplir con la normativa y garantizar el funcionamiento de las instalaciones. Con principal foco en los garajes.

Esta normativa distingue principalmente entre dos tipos de medidas: activas y pasivas.

  • Instalaciones activas ante incendios. Son las que actúan sobre el fuego o sus efectos para intentar evitar la propagación o conseguir su extinción.
    • Extintores portátiles.
    • Bocas de incendio equipadas.
    • Sprinklers (rociadores), gas o polvo
    • Detectores de humo
    • Alarmas

 

  • Instalaciones pasivas ante incendios. Las que a través de elementos constructivos impiden o retrasan la propagación del fuego y facilitan la evacuación.
    • Sellados
    • Revestimientos
    • Señales de evacuación.
    • Puertas cortafuegos (que cumplan con el CTE)

 

Luego tal vez quieras ver el Reglamento de Instalaciones de Protección contra incendios en Comunidades de Vecinos

 

Proteger a tu Comunidad de Vecinos

Un seguro tal vez no ayude durante el incendio, pero sí lo hará después.  Y puede ayudar a que las consecuencias de este sean mucho menos graves.

En España, la Ley de Propiedad Horizontal no obliga a que una comunidad de vecinos contrate una póliza, pero existen normativas autonómicas que sí.

Y, efectivamente, están relacionadas con incendios y Responsabilidad Civil.

En Madrid, por ejemplo, todo edificio debe estar asegurado por los incendios y por el daño a terceros y el no cumplir con la normativa implica fuertes sanciones.

En el caso de Valencia, ocurre lo mismo.

El edificio incendiado en El Campanar contaba con una póliza de 26,5 millones de euros asegurados como continente y 31.266 euros para el mobiliario comunitario.

La importancia de revisar los capitales asegurados

Asegurar el continente del edificio es clave para proteger a una comunidad.

¿Por qué?

Porque en caso de un incendio u otro siniestro este valor asegurado determina el valor de reconstrucción. Y esto se traduce en… la indemnización que recibirá la comunidad.

Si los capitales asegurados no son los correctos, la compañía aseguradora puede aplicar la regla proporcional y reducir la indemnización a abonar. Esto se llama infraseguro.

Y puede ser un gran problema.

Por ello, es más que recomendable revisar (periódicamente) los capitales asegurados en el seguro de la Comunidad de propietarios. Y, para ello, puede ser buena idea contar con el asesoramiento de especialistas en seguros de comunidades.

Si te estás preguntando cómo contratar un seguro de Comunidades o si, simplemente, quieres revisar los capitales asegurados de tu póliza, puedes contactar con Aon.

Somos especialistas en Seguros para Comunidades.

Como correduría de seguros nº1 del mercado, contamos con el abanico de soluciones más amplio, que adaptamos a las necesidades de cada uno de nuestros clientes.

Absolutamente todas nuestras propuestas están valoradas en base a la información publicada en la Sede Electrónica del Catastro, donde se recogen de manera oficial los m2 construidos de la comunidad, tanto las viviendas como garajes, trasteros, locales y zonas comunes (jardines, piscinas, zonas deportivas).

Si quieres protegerte, solicita asesoramiento profesional sin compromiso.

 

 

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